2024-10-29

Condena por usurpación en Río Negro

Tres condenados por usurpación en Cuesta del Ternero: ordenan desalojo del predio

Un fallo en Bariloche condena a miembros de la comunidad Lof Quemquemtrew a prisión en suspenso por usurpación y dispone el desalojo del terreno.

En un fallo reciente, la jueza Romina Martini del fuero Penal de Bariloche declaró culpables a tres personas de la comunidad mapuche Lof Quemquemtrew por el delito de usurpación en un predio de Cuesta del Ternero, ubicado en El Bolsón. Los condenados recibieron una pena de un año y seis meses de prisión en suspenso y deberán cumplir con pautas de conducta durante dos años, incluyendo la obligación de mantener residencia fija, evitar nuevos delitos, presentarse bimestralmente ante la Oficina Judicial y mantener una distancia mínima de doscientos metros respecto al predio.

El fallo también dispuso la absolución de tres acusados por falta de pruebas. La sentencia abarca los lotes 103 y 104, propiedad del ciudadano Rolando Rocco, quien sostiene que la ocupación le impide continuar con sus actividades productivas, como la explotación forestal y ganadera.

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La jueza ordenó el desalojo del terreno, que se ejecutará tras la revisión correspondiente, en concordancia con el Código Procesal Penal, el Código Penal y el artículo 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Se establecerá un plazo de diez días para que los ocupantes abandonen el predio de forma voluntaria. Si el predio no se libera en ese período, se procederá al desalojo forzoso, el cual deberá realizarse en horario diurno y en condiciones climáticas favorables, con un registro detallado de las personas involucradas.

El fallo también indica que el desalojo deberá contar con la intervención de organismos provinciales, como la Defensoría de Menores, el CoDeCI, y el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), además de otros ministerios provinciales, siguiendo recomendaciones del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro para garantizar un procedimiento adecuado.

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La jueza subrayó que, a lo largo de los últimos tres años, se intentó resolver el conflicto de forma no judicial, sin éxito. La ocupación, reconocida como usurpación, afecta los derechos del propietario al impedirle el uso productivo del terreno, lo cual motivó la orden de desalojo para restituir el terreno y finalizar el conflicto.

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