2025-08-21

Día del Empleado de Comercio 2025: bono y aumentos vigentes en septiembre

Este 26 de septiembre se conmemora el Día del Empleado de Comercio. Aunque no habrá un bono extraordinario, los trabajadores recibirán la suma fija no remunerativa de $40.000 correspondiente a septiembre, además del salario actualizado por categoría.

Cada 26 de septiembre se celebra el Día del Empleado de Comercio, fecha que otorga a los trabajadores un día de descanso pago reconocido por la Ley 26.541. Este feriado puede trasladarse al lunes más cercano para generar un fin de semana largo. Si el empleado trabaja ese día, la jornada se paga doble, mientras que quienes descansan perciben su salario habitual sin modificaciones.

En 2025, no se confirmó un bono adicional específico por la fecha, según informó la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS). Sin embargo, los trabajadores sí recibirán la suma fija no remunerativa de $40.000, acordada en el último convenio paritario y que se abona cada mes desde julio hasta diciembre de este año. Este monto impacta directamente en los salarios de septiembre y se liquida junto con la remuneración habitual.

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Los sueldos básicos para septiembre 2025, por categoría, serán:

  • Administrativos: A: $1.066.994 / B: $1.071.413 / C: $1.075.827 / D: $1.089.078 / E: $1.100.117 / F: $1.116.311
  • Maestranza: A: $1.055.954 / B: $1.058.895 / C: $1.069.199
  • Cajeros: A: $1.070.672 / B: $1.075.827 / C: $1.082.452
  • Vendedores: A: $1.070.672 / B: $1.092.759 / C: $1.100.117 / D: $1.116.311
  • Auxiliares Generales: A: $1.070.672 / B: $1.078.033 / C: $1.102.325
  • Auxiliares Especiales: A: $1.079.509 / B: $1.092.756

El bono no remunerativo se abonará durante los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2025, y el último pago de diciembre se incorporará a los sueldos básicos en enero de 2026. Estas sumas no pueden ser absorbidas por otros incrementos previos, aunque sí se compensan con adelantos otorgados desde abril y cualquier ajuste futuro pactado colectivamente.

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Además, la homologación establece que estas sumas no remunerativas se computan para presentismo, antigüedad, SAC, vacaciones y liquidaciones finales, y se aplican proporcionalmente para jornadas reducidas. El acuerdo incluye una revisión en noviembre de 2025 para evaluar la adecuación de los montos según la situación económica.

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