2026-03-02

Finalizó con declaración de responsabilidad el primer juicio por venta de estupefacientes en Neuquén

La Justicia provincial declaró responsable al líder de una banda dedicada al microtráfico en el barrio Cuenca XV. Es el primer juicio por venta de drogas desde que estas causas pasaron a la órbita de la Provincia, con pruebas clave como audios, geolocalización y movimientos de dinero virtual.

Neuquén.- El tribunal integrado por los jueces Juan Pablo Encina, Juan Manuel Kees y Luciano Hermosilla declaró a David Caleb Arriagada responsable de liderar una organización dedicada a la comercialización de estupefacientes en la ciudad de Neuquén.

El punto de venta funcionaba en una vivienda ubicada sobre la calle Crucero General Belgrano, en el sector Peumayén del barrio Cuenca XV. El caso corresponde al legajo judicial 341815.

Lee también: Un operativo sanitario salvó la vida de una paciente de Las Ovejas tras un infarto

Primer juicio tras el traspaso de competencias

Se trata del primer juicio oral realizado desde que, hace un año, las causas de microtráfico de drogas pasaron del ámbito federal a la jurisdicción provincial. El fallo sienta un antecedente clave en la aplicación del nuevo esquema de persecución penal.

Las pruebas que sostuvieron la condena

Durante el debate, el tribunal valoró un amplio conjunto de evidencias que permitieron acreditar la responsabilidad del acusado más allá de toda duda razonable. Entre ellas se destacaron:

  • Audios y mensajes extraídos de teléfonos celulares
  • Geolocalización de dispositivos móviles
  • Movimientos de billeteras virtuales
  • Imágenes captadas por personal policial
  • Elementos secuestrados en allanamientos
  • Testimonios de compradores que declararon como testigos

Según se acreditó en el juicio, Arriagada era quien administraba el dinero y las sustancias, y coordinaba las operaciones de venta.

Lee también: Neuquén inicia la construcción de la quinta Ciudad Deportiva en el barrio Melipal

Responsabilidad penal y calificación legal

Los jueces declararon al imputado autor del delito de comercio de estupefacientes agravado, por la intervención de tres o más personas organizadas, en calidad de autor.

En la misma causa, otros dos integrantes de la banda —Leandro Poblete y Héctor Tarifeño— ya habían sido condenados previamente a tres años de prisión condicional, tras aceptar acuerdos de responsabilidad como partícipes secundarios.

Lee también: Crimen en Cipolletti: la autopsia confirmó que el disparo atravesó órganos vitales

Próxima audiencia para definir la pena

La sentencia dictada corresponde a la declaración de responsabilidad. En una audiencia posterior, el tribunal deberá fijar la pena concreta que deberá cumplir el acusado, en función de la gravedad del delito y su rol como líder de la organización.

Te puede interesar