Un fallo clave en Bariloche dejó firme la regulación de Uber y otras apps de transporte
El fuero contencioso administrativo de la ciudad de San Carlos de Bariloche rechazó una demanda que buscaba declarar inconstitucional la regulación municipal de las plataformas digitales de transporte, entre ellas Uber, y dejó vigente el esquema normativo impulsado por el Ejecutivo local.
La decisión judicial no analizó si las normas eran válidas o no. El juez se concentró en un punto previo del proceso: determinar si quien presentó la acción tenía habilitación legal para hacerlo.
En ese análisis, el magistrado concluyó que el concejal Leandro Costa Brutten no acreditó una afectación personal, directa y concreta derivada de la aplicación de las resoluciones cuestionadas, por lo que no contaba con legitimación activa para impulsar la demanda.
El eje del conflicto: la regulación de las apps de transporte
La presentación judicial había cuestionado el sistema impulsado por el Municipio para ordenar el funcionamiento de aplicaciones de transporte de pasajeros, como Uber, en una discusión que viene generando tensión entre plataformas digitales, taxistas, remiseros y el propio Estado local.
El planteo sostenía que el Ejecutivo habría avanzado sobre competencias propias del Concejo Municipal al regular una actividad que, según su interpretación, debía ser definida por ordenanza. También advertía posibles desigualdades entre los requisitos exigidos a los servicios tradicionales de transporte y aquellos que operan mediante plataformas digitales.
Sin embargo, el expediente no avanzó hacia ese análisis de fondo.
La decisión del juez y la falta de legitimación
El tribunal sostuvo que las acciones de inconstitucionalidad no constituyen una vía abierta para cuestionamientos generales de legalidad o desacuerdos políticos, sino que requieren la existencia de un perjuicio concreto y actual para quien las promueve.
En ese sentido, el juez citó jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro y remarcó que la condición de concejal, por sí sola, no habilita a litigar en representación de intereses generales de la comunidad.
También explicó que los legisladores solo pueden acudir a la Justicia cuando se ve afectado el ejercicio directo de sus funciones, lo que en la doctrina se conoce como “derecho de función”. Es decir, cuando una norma impide o restringe atribuciones propias del cargo.
En este caso, el fallo entendió que esa situación no se verificó, ya que la demanda no detalló de qué manera las resoluciones impugnadas afectaban el trabajo legislativo del concejal.
Qué resolvió finalmente la Justicia
Con ese fundamento, el juez rechazó la acción sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la regulación municipal de las plataformas de transporte.
De esta manera, el esquema vigente en San Carlos de Bariloche se mantiene sin modificaciones judiciales, al menos en esta instancia, mientras el debate político y normativo sobre Uber y otras aplicaciones continúa abierto en la ciudad.