2026-06-16

Declararon inimputable al acusado por el homicidio de una mujer durante un robo y ordenaron su internación

La Justicia de Neuquén declaró inimputable al hombre investigado por el homicidio de Olga Delina Quinteros, ocurrido en marzo de 2025 en Piedra del Águila. Determinó que no podía comprender sus actos al momento del hecho y dispuso su internación obligatoria en un centro de salud mental por un plazo máximo de diez años.

Un hombre de nacionalidad dominicana que era investigado por el homicidio de Olga Delina Quinteros, una vecina de 70 años de Piedra del Águila, fue declarado inimputable por la Justicia neuquina y sobreseído en la causa penal. La resolución se basó en diversos informes médicos que concluyeron que el acusado no se encontraba en condiciones de comprender sus actos ni de dirigir sus acciones al momento del hecho.

La decisión fue adoptada por el juez de garantías Ignacio Pombo, quien además ordenó una medida de seguridad consistente en la internación obligatoria del hombre en un establecimiento de salud mental por un plazo máximo de diez años.

El crimen ocurrió el 14 de marzo de 2025. Según la investigación del Ministerio Público Fiscal, el acusado ingresó a la vivienda de Olga Delina Quinteros con fines de robo, la golpeó y le sustrajo dinero en efectivo, joyas y un automóvil Volkswagen T-Cross. Tras el hecho, escapó en el vehículo y recorrió varios kilómetros hasta abandonar el rodado en la provincia de Buenos Aires luego de quedarse sin combustible.

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Posteriormente llegó a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde fue detenido tres días más tarde cuando intentaba ingresar al consulado de República Dominicana. Desde entonces permanece internado en un centro de salud mental por disposición judicial.

Durante una audiencia realizada en abril de este año, el fiscal jefe Gastón Ávila y la asistente letrada Lucila Maggiora solicitaron la declaración de inimputabilidad y el sobreseimiento del acusado. Argumentaron que los informes elaborados por profesionales médicos y psiquiatras indicaban que al momento del homicidio el hombre atravesaba una situación que le impedía comprender la criminalidad de sus actos.

El magistrado hizo lugar al planteo del Ministerio Público Fiscal y también avaló la medida de seguridad solicitada. La internación será revisada periódicamente y podrá cesar antes del plazo máximo si especialistas determinan que desaparecieron las condiciones médicas y los riesgos que motivaron su imposición.

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Además, se dispuso que el establecimiento de salud donde permanece alojado continúe con la atención médica bajo modalidad de internación involuntaria hasta que se concrete su eventual traslado a otra institución especializada.

La causa había sido investigada inicialmente como femicidio, aunque posteriormente la acusación fue encuadrada como robo calificado por homicidio. Con la declaración de inimputabilidad, el proceso penal concluyó con el sobreseimiento del acusado y la aplicación de una medida de seguridad orientada a su tratamiento y control médico.

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