2026-07-20

Cambios en la reforma laboral

El Gobierno modificó por decreto el cálculo de los aportes sindicales

A través del Decreto 612/2026, el Ejecutivo nacional estableció que las sumas no remunerativas dejarán de integrar la base para calcular los aportes sindicales. La medida también fija nuevas reglas para las contribuciones patronales y el control de los fondos gremiales.

El Gobierno nacional oficializó el Decreto 612/2026, que introduce modificaciones en el cálculo de los aportes sindicales al excluir las sumas no remunerativas de la base sobre la que se aplican las retenciones destinadas a los gremios.

La norma, impulsada por la administración del presidente Javier Milei, redefine los criterios que deberán utilizarse en las negociaciones paritarias y tendrá impacto en sectores como Comercio, la Unión Obrera de la Construcción (UOCRA), Camioneros y la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), entre otros.

Según el decreto, la base de cálculo de los aportes sindicales quedará integrada únicamente por el salario básico convencional y los adicionales remunerativos, regulares y de pago mensual establecidos en los convenios colectivos de trabajo.

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En consecuencia, quedan excluidos del cálculo conceptos como premios, bonos, horas extras, vacaciones, el Sueldo Anual Complementario (SAC) y las sumas no remunerativas que no tengan carácter mensual.

El objetivo de la medida es limitar la aplicación de aportes sindicales sobre pagos extraordinarios o temporales que, en muchos acuerdos paritarios, se utilizan para mejorar el ingreso de los trabajadores sin incorporarlos al salario remunerativo.

El decreto también introduce cambios en las contribuciones patronales destinadas a fondos de capacitación, asistencia, previsión o actividades culturales. En estos casos, las contribuciones empresariales no estarán sujetas al límite del 2%, siempre que los recursos se destinen exclusivamente a esos fines.

Además, el Ejecutivo dispuso mayores exigencias de control y transparencia sobre esos fondos. Los sindicatos deberán llevar una contabilidad independiente y separada para permitir su fiscalización, condición que será considerada durante el proceso de homologación de los acuerdos paritarios.

Con esta reglamentación, el Gobierno profundiza la implementación de la reforma laboral, incorporando nuevas reglas para el financiamiento sindical y el funcionamiento de las negociaciones colectivas.

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