Se fracturó jugando al fútbol y esperó más de un mes por una cirugía: condenaron a la prepaga
Choele Choel.- Un partido de fútbol terminó con una fractura de tibia y peroné en la pierna derecha para un hombre que, según la indicación médica, debía ser operado con urgencia. Sin embargo, la demora en la provisión del material quirúrgico hizo que la intervención se concretara más de tres semanas después de la lesión y, de acuerdo con una pericia médica, esa espera tuvo consecuencias permanentes.
El hombre había sufrido la lesión mientras jugaba al fútbol y el traumatólogo indicó una cirugía que requería un set de clavos endomedulares. El pedido del material fue realizado al día siguiente del accidente, pero la operación finalmente se llevó a cabo más de 30 días después.
Durante ese período, la fractura evolucionó y las condiciones para realizar la intervención cambiaron. Cuando el paciente llegó al quirófano, se había formado un callo fibroso y se había producido un acortamiento muscular que dificultó la colocación del clavo mediante la técnica habitual.
El protocolo quirúrgico dejó asentadas las dificultades que aparecieron durante la operación y que fueron relacionadas con el tiempo transcurrido desde la lesión.
La pericia que complicó la situación de la prepaga
Años después de la intervención, una pericia médica constató que el hombre presentaba alteraciones en la marcha, cicatrices y un pequeño foco infeccioso en la zona afectada.
El especialista vinculó las secuelas con la demora en la realización de la cirugía y explicó que, debido a la evolución de la fractura, fue necesario volver a fracturar el hueso para poder colocar el material quirúrgico.
La evaluación determinó una incapacidad permanente, parcial y definitiva del 25%.
Con esos elementos, el hombre inició una demanda por daños y perjuicios contra Swiss Medical S.A. y atribuyó a la empresa de medicina prepaga la demora en la provisión de los elementos necesarios para realizar la cirugía.
El caso fue analizado por el fuero Civil de Choele Choel, que hizo lugar a la demanda y condenó a la empresa a indemnizar al paciente.
Qué tuvo en cuenta la Justicia
La jueza consideró acreditado que el material quirúrgico había sido solicitado con carácter urgente y que existió una demora que afectó la evolución de la fractura.
Para llegar a esa conclusión, el tribunal valoró la historia clínica, el informe del médico que intervino al paciente y la pericia realizada durante el proceso judicial. Los distintos elementos coincidieron en señalar las dificultades que produjo el tiempo transcurrido antes de la operación.
La sentencia también destacó que Swiss Medical no presentó una prueba técnica capaz de desvirtuar esas conclusiones.
El expediente incorporó además los reclamos realizados por el paciente durante el período en que esperaba el material. Una pericia informática verificó intercambios de correos electrónicos entre el hombre, Swiss Medical y Ospadep.
Para la magistrada, esas comunicaciones permitieron demostrar no solo la demora en la provisión del material, sino también un incumplimiento de los deberes de información y trato digno frente al afiliado.
El fallo encuadró el vínculo entre el paciente y la empresa como una relación de consumo y aplicó las normas de la Ley de Defensa del Consumidor, el Código Civil y Comercial, la Constitución Nacional y la legislación que regula las prestaciones de salud.
La jueza recordó que las obras sociales y empresas de medicina prepaga deben garantizar prestaciones adecuadas y adoptar las medidas necesarias para proteger la salud y la integridad de sus afiliados.
La resolución judicial consideró que, en este caso, la demora no fue un episodio meramente administrativo: según la prueba reunida, tuvo consecuencias sobre la evolución de una lesión que requería una intervención urgente y dejó secuelas permanentes en el paciente.