Río Negro restringe beneficios para condenados por delitos graves
El Gobierno de Río Negro reglamentó la modificación de la Ley S Nº 3008 de ejecución penal y puso en vigencia nuevas restricciones para las salidas transitorias y los beneficios de libertad anticipada de personas condenadas por delitos graves.
La reforma, sancionada recientemente por la Legislatura provincial, busca limitar el acceso a determinados beneficios antes del cumplimiento de las penas impuestas por la Justicia y forma parte de la política de seguridad impulsada por la administración de Alberto Weretilneck.
El gobernador sostuvo que la modificación apunta a reforzar el cumplimiento efectivo de las condenas y a priorizar la protección de las víctimas. La iniciativa había sido presentada por los legisladores de Juntos Somos Río Negro Lucas Pica y Facundo López.
Los delitos alcanzados por la reforma
Las nuevas restricciones alcanzan a personas condenadas por delitos considerados de especial gravedad, entre ellos homicidio simple y agravado, delitos contra la integridad sexual, robo agravado, homicidio en ocasión de robo, tortura seguida de muerte y secuestro extorsivo cuando la víctima muere.
La Provincia también incorporó otros delitos que no forman parte del listado nacional de restricciones. Entre ellos aparecen cohecho, grooming, delitos contra la administración pública y enriquecimiento ilícito de funcionarios.
De esta manera, Río Negro amplió el alcance de las limitaciones previstas por la legislación nacional y decidió incluir también determinadas conductas vinculadas con hechos de corrupción y delitos cometidos contra menores en entornos digitales.
La modificación se incorpora a la normativa provincial que regula la ejecución de las penas privativas de la libertad.
Una reforma que se suma a otras medidas de seguridad
Weretilneck planteó que la nueva normativa forma parte de una política más amplia que busca endurecer la respuesta frente a quienes reinciden o son condenados por delitos graves.
El gobernador recordó las modificaciones impulsadas previamente en materia de reiterancia y doble condena y sostuvo que las distintas reformas responden a una misma línea de política criminal.
La reforma rionegrina tiene antecedentes en otras jurisdicciones. Mendoza inició un proceso similar en 2012 y, a nivel nacional, la Ley 27.375, sancionada en 2017, estableció restricciones para el acceso a determinados beneficios penitenciarios en casos de delitos graves.
En este caso, Río Negro decidió avanzar mediante una modificación de su propia legislación de ejecución penal, dentro de las competencias provinciales.
Desde el Gobierno provincial sostienen que el objetivo es evitar que determinados beneficios permitan recuperar la libertad antes del cumplimiento de las condenas en casos considerados especialmente graves.
Con la reglamentación publicada este jueves, la modificación de la Ley S Nº 3008 comienza a aplicarse en el sistema penitenciario rionegrino y se convierte en una nueva herramienta de la política provincial de seguridad y ejecución penal.