Pidió que su hijo no pudiera salir del país y presentó publicaciones en redes: la Justicia rechazó el pedido
Un padre recurrió al fuero de Familia de Bariloche para solicitar que se prohibiera la salida del país de su hijo. Sostuvo que el niño había dejado Brasil y regresado a vivir a la ciudad cordillerana, pero la Justicia rechazó el pedido al considerar que no había pruebas suficientes para acreditar ese supuesto cambio de residencia.
Para respaldar su planteo, el hombre presentó fotografías, videos y publicaciones realizadas en redes sociales. También manifestó que desconocía el domicilio efectivo de su hijo y que no tenía información sobre su estado de salud, educación, actividades y vida cotidiana.
El caso tenía un antecedente. En noviembre de 2025, el mismo fuero había autorizado al niño a viajar a Brasil hasta que existiera una orden judicial en contrario. En aquella oportunidad se había considerado que el menor residía en ese país junto a su madre, quien era su principal figura de cuidado, además de tener allí arraigo y condición migratoria de residente.
El padre sostuvo que el niño había regresado a Bariloche
Meses después, el hombre volvió a presentarse ante la Justicia y aseguró que las circunstancias habían cambiado. Según explicó, había tomado conocimiento del supuesto regreso de su hijo a Bariloche a través de distintas publicaciones en plataformas digitales.
Incluso señaló dos posibles domicilios donde podría encontrarse el niño y pidió que se prohibiera su salida del país sin el consentimiento de ambos progenitores o una autorización judicial.
También solicitó que la medida fuera comunicada a la Dirección Nacional de Migraciones.
Sin embargo, antes de resolver el pedido intervino la Defensora de Menores, quien se pronunció en contra de la medida cautelar. Consideró que una restricción a la circulación del niño no era el mecanismo adecuado para resolver las cuestiones vinculadas con el vínculo entre el padre y su hijo.
Las publicaciones en redes sociales no fueron suficientes
El punto central que analizó la Justicia fue si existían elementos que permitieran demostrar que el niño había dejado Brasil y establecido nuevamente su residencia en Bariloche.
La conclusión fue negativa.
Las fotografías aportadas por el padre eran anteriores a la sentencia del 10 de noviembre de 2025, por lo que no permitían demostrar que posteriormente hubiera ocurrido un cambio de residencia.
Las capturas de pantalla tampoco resultaron suficientes. La resolución señaló que algunas de ellas incluso contenían la expresión “morando do Brasil”, una referencia que no respaldaba la hipótesis planteada por el progenitor.
De esta manera, la jueza entendió que el material presentado no permitía acreditar, ni siquiera con el grado de probabilidad requerido para una medida cautelar, que la madre hubiera trasladado nuevamente la residencia del niño desde Brasil hacia la Argentina.
La Justicia diferenció la residencia del vínculo entre padre e hijo
El fallo también distinguió entre el lugar de residencia del niño y los reclamos relacionados con la relación con su padre.
Según la resolución, las cuestiones vinculadas con el contacto, la comunicación y el acceso a información sobre la vida cotidiana del menor deben ser planteadas mediante las vías específicas previstas para los conflictos de responsabilidad parental.
Por ese motivo, el tribunal mantuvo como punto de partida la situación reconocida en la sentencia de noviembre de 2025: el niño reside en Brasil.
El pedido de prohibición de salida del país fue rechazado porque las fotografías, videos y publicaciones en redes sociales presentadas por el padre no alcanzaron para demostrar que hubiera existido un cambio posterior de residencia.
El rechazo de la medida cautelar, de todos modos, no impide que el padre pueda realizar otros reclamos relacionados con el contacto y el vínculo con su hijo mediante un proceso específico.