2026-09-17

Un carro se desprendió de una camioneta y provocó una muerte: condenaron al conductor

El accidente ocurrió en 2024 en Centenario. El conductor reconoció que trasladaba el carro sin las condiciones de seguridad necesarias

Lucas Emanuel Echeverría fue declarado responsable penal por la muerte de Agustín Alexis Alvarado y las lesiones graves que sufrió su acompañante en un accidente de tránsito ocurrido en Centenario.

El hecho ocurrió el 5 de mayo de 2024, alrededor de las 21:30, sobre el acceso Jaime de Nevares, a la altura de la calle Rural 20. Echeverría circulaba en una camioneta que llevaba enganchado un carro de fabricación casera cuando el vehículo se desprendió, cruzó hacia el carril contrario e impactó contra una motocicleta en la que viajaban las dos víctimas.

Alvarado murió en el lugar como consecuencia de los politraumatismos y un traumatismo de cráneo grave. Su acompañante sufrió múltiples lesiones y fracturas que le provocaron una debilitación de la salud y una incapacidad para realizar sus tareas habituales durante al menos 60 días. Las lesiones fueron calificadas como graves.

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El veredicto se conoció este jueves 17 de septiembre y surgió de la homologación de un acuerdo de responsabilidad alcanzado entre la fiscal del caso, Lucrecia Sola, la querella y la defensa.

Las pericias sobre el carro

Durante la audiencia, la Fiscalía presentó distintos elementos reunidos durante la investigación, entre ellos declaraciones testimoniales, informes policiales, pericias médicas, una autopsia y estudios sobre los vehículos y la mecánica del accidente.

Una testigo presencial declaró que observó cómo el carro se desprendió de la camioneta e invadió el carril por el que circulaba la motocicleta. También declararon tres personas que viajaban junto a Echeverría.

Las pericias mecánicas determinaron que el carro era de fabricación casera y presentaba deficiencias en el sistema de enganche. El estudio accidentológico, en tanto, estableció la mecánica del siniestro y atribuyó el desprendimiento y posterior invasión del carril contrario a la forma negligente y antirreglamentaria en que era transportado.

La investigación también incorporó las actuaciones realizadas por personal de la División Tránsito de Centenario y los registros del Centro de Operaciones Policiales.

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La pena se definirá en otra audiencia

Echeverría reconoció durante la audiencia que había conducido de manera negligente al trasladar el carro sin las condiciones de seguridad necesarias y aceptó su responsabilidad por el hecho.

La jueza Carina Álvarez consideró que el acuerdo estaba debidamente fundamentado y que existían elementos suficientes para acreditar tanto la existencia del hecho como la intervención de Echeverría.

De esta manera, homologó el acuerdo y declaró su responsabilidad penal como autor de los delitos de homicidio culposo en concurso ideal con lesiones graves culposas, agravados por la conducción negligente y antirreglamentaria.

La condena de responsabilidad no implica todavía la definición de la pena. En una próxima audiencia las partes deberán discutir el monto y la modalidad de ejecución, ya que esos aspectos no fueron acordados.

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