jueves 23 de julio de 2026
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Bono de $18 mil: ¿Pueden cobrarlo los presos?

miércoles 04 de mayo de 2022

Las personas privadas de libertad "bajo cualquier modalidad", así como los funcionarios de "todos los niveles de gobierno" de la Nación, las provincias y los municipios no podrán percibir el refuerzo de ingresos de $ 18.000 dispuesto.
Así se estableció en la resolución conjunta 1/2022 de las secretarías de Política Económica del Ministerio de Economía y de Seguridad Social de la cartera de Trabajo, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, dictada para "precisar ciertos aspectos a los efectos de lograr una correcta aplicación de las disposiciones" del Decreto 216/2022.
La medida mantiene el requisito de no desempeñarse en el circuito laboral formal ni percibir ingresos que superen el equivalente a dos salarios mínimos, pero lo eleva a tres haberes al considerar al grupo familiar completo "con excepción de los y las titulares de la Prestación por Desempleo".
De esta forma, el universo de los destinatarios del refuerzo de ingresos quedó circunscripto a los siguientes casos especificados en el anexo de la resolución:
- Los trabajadores y a las trabajadoras que perciban ingresos por el desarrollo de actividades laborales informales y no registradas, y sus ingresos no superen el valor equivalente de 2 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
- Las personas que se encuentren en situación de desempleo.
- Los trabajadores y a las trabajadoras con contratos de relación de dependencia registrados durante el período de reserva de puesto, a excepción de los trabajadores y las trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la ciudad de Buenos Aires.
- Los y las monotributistas inscriptos e inscriptas en las categorías "A" y "B" y monotributistas sociales.
- Los trabajadores y a las trabajadoras de casas particulares.