jueves 16 de julio de 2026
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Muerte súbita: Neuquén avanza en la reglamentación de la ley

viernes 30 de septiembre de 2022

En Argentina las enfermedades cardiovasculares son la primera causa de muerte por la que fallecen uno de cada tres hombres y mujeres. En el marco del Día Mundial del Corazón, que se celebra cada 29 de septiembre, el Ministerio de Salud de la Nación realizó hoy un encuentro virtual donde funcionarios referentes provinciales, del ámbito académico y expertos coincidieron en la necesidad de profundizar la integración de las líneas de trabajo en todos los niveles de atención.
Durante el encuentro se trabajó, entre otros aspectos, en el análisis de la reglamentación de la Ley de muerte súbita; y se abordó la inclusión de la perspectiva de género en las prácticas de salud. La Ley nacional 27159 se reglamentó en Julio del corriente año mediante el decreto 402/2022.
En diálogo con Enredadas la responsable del Sistema Integrado de Emergencias de Neuquén (SIEN) Dra. Luciana Obregón confirmó que desde la cartera sanitaria provincial trabajan en idéntico sentido “con las mismas direcciones de nación y atendiendo las particularidades de nuestra región” señaló. La provincia de Neuquén sancionó en 2017 la ley 3071 de adhesión a la norma nacional que crea un sistema de prevención integral de eventos por muerte súbita en espacios públicos y privados de acceso público.
Una muerte es súbita cuando es natural, es decir que no es una muerte provocada por un accidente; es inesperada y es rápida; desde que comienza el cuadro hasta que se desencadena la muerte transcurre alrededor de una hora. Según datos aportados por nación, la muerte súbita representa un problema de salud pública debido a que es causa de muerte prematura. Más del 70% de los casos se producen en el ámbito extra hospitalario, transformando a la comunidad no médica en la primera encargada de atender un episodio de esta naturaleza, por lo que el acceso a una atención oportuna depende de la sociedad en su conjunto.
En este sentido Obregón destacó que el objetivo primario de la reglamentación de la ley neuquina será la de promover la instrucción básica de primeros auxilios, maniobras de resucitación cardiopulmonar básica y desfibrilación automática externa en el nivel comunitario.
“La cadena de supervivencia que nosotros enseñamos a la comunidad debe activar los eslabones que comienza con la identificación del evento, la activación del sistema de emergencia, el inicio de las compresiones y la desfibrilación” dijo la titular del SIEN.
El fin de la ley nacional y la adaptación de la norma provincial busca evitar la muerte súbita en espacios públicos y privados de acceso público. Que se sepa la importancia de tener espacios “cardioasistidos”, un lugar con los elementos necesarios para asistir a una persona en los primeros minutos tras un paro cardíaco, la presencia de personal capacitado y la correspondiente señalética, entre otros aspectos.
En la reglamentación de la ley nacional 27159 se contempla que la prevalencia estimada de casos de muerte súbita en el país es de 40.000 casos anuales, por lo que se espera aproximadamente un caso de muerte súbita cada 1000 habitantes por año. Así, establece la obligatoriedad de contar con al menos un DEA en lugares públicos y privados de acceso público con concentración o circulación diaria superior a 1000 personas por día.