martes 24 de febrero de 2026
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Padres se movilizan por el otorgamiento de prisión domiciliaria al profesor del Jardin 31

El Tribunal de Impugnación de Neuquén dispuso el arresto domiciliario con tobillera electrónica. Padres protestaron en la calle.
viernes 21 de julio de 2023

El Tribunal de Impugnación Provincial de Neuquén, integrado por los jueces Richard Trincheri, Federico Sommer y la jueza Florencia Martini, resolvió por unanimidad revocar la segunda prórroga de la prisión preventiva del maestro acusado de abuso sexual infantil en el jardín N.º 31 de la ciudad, y ordenó en su lugar la detención domiciliaria con monitoreo electrónico.

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La decisión judicial generó fuerte rechazo por parte de familias de víctimas, que se movilizaron este jueves hacia la multitrocha y Avenida Olascoaga para expresar su malestar y reclamar que el imputado continúe detenido en un centro penitenciario.

El fallo anula la prórroga que había sido dictada por el juez Marco Lupica Cristo el pasado 5 de julio, y que luego fue confirmada por mayoría por un tribunal de revisión. El Tribunal de Impugnación sostuvo que no se acreditaron motivos suficientes para sostener que la prisión preventiva era la única medida posible para proteger el proceso penal.

Los jueces recordaron que, de acuerdo con la Constitución Nacional, la provincial y los tratados internacionales, toda persona se presume inocente hasta que se demuestre lo contrario y tiene derecho a transitar el juicio en libertad, salvo que existan riesgos concretos como el peligro de fuga o de entorpecimiento de la investigación.

El maestro imputado se encuentra detenido hace más de un año y la causa aún no fue elevada a juicio. Según el Tribunal, las instancias anteriores no fundamentaron adecuadamente por qué no se aceptó una medida alternativa como la detención domiciliaria, propuesta por la defensa.

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Para que se haga efectiva esta nueva modalidad de detención, se deberá cumplir con una serie de requisitos. En primer lugar, se solicitará un informe técnico a la Unidad de Administración y Monitoreo para Detención Domiciliaria con Dispositivos Electrónicos (UAMEDD), dependiente de la OPTIC, para verificar que el domicilio cuente con conectividad adecuada para el monitoreo de la tobillera electrónica.

Además, se requerirá un informe socioambiental del domicilio, con la estricta condición de que no residan menores de edad en ese lugar. Una vez reunidos estos elementos, un nuevo juez de garantías deberá evaluar si se cumplen todas las condiciones para autorizar el traslado.

La causa, de alto impacto social en Neuquén, sigue generando tensión en la comunidad educativa y entre familiares, quienes exigen que el juicio avance y que se garantice justicia por los hechos denunciados.