martes 24 de febrero de 2026
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Uso indebido de fondos: rechazan sobreseer a dirigentes de organizaciones sociales

La Justicia negó los pedidos de sobreseimiento a investigados por exigir presencia en protestas a cambio de ayuda social.
martes 15 de abril de 2025

El juez de garantías Juan Guaita rechazó los pedidos de sobreseimiento presentados por las defensas de un grupo de dirigentes sociales investigados en Neuquén. La resolución se conoció este lunes y se basó en el argumento de la fiscalía: no es posible sobreseer a personas a las que aún no se les formularon cargos.

La causa se inició tras una denuncia de la fiscalía de Estado, presentada el 13 de mayo de 2024, en la que se señalaron presuntas irregularidades cometidas por integrantes de organizaciones sociales. Entre los hechos denunciados, se incluye el uso indebido de fondos destinados a capacitaciones laborales, el desvío de una parte de los planes sociales a las propias organizaciones y la exigencia de participación en manifestaciones para acceder a distintos beneficios.

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En uno de los tramos de la causa, la fiscalía sí formuló cargos el 8 de abril pasado. En otro, sin embargo, al no contar con las evidencias necesarias y ante un plazo impuesto por la Justicia, resolvió archivar el expediente. Esto motivó a las defensas a solicitar el sobreseimiento de los involucrados, lo cual fue denegado.

Durante la audiencia, el fiscal del caso Juan Narvaez explicó que “no existe posibilidad de sobreseer a alguien de lo que nunca se lo acusó”. Aclaró además que el archivo de una causa no equivale a una declaración sobre la inocencia o culpabilidad de los investigados, sino que se trata de una herramienta prevista por el Código Procesal Penal para cerrar causas en etapa previa a la imputación formal.

“Los hechos existieron y hay evidencia en el legajo”, señaló Narvaez, quien junto al fiscal jefe Pablo Vignaroli remarcó que el archivo no elimina lo investigado. Entre los elementos reunidos figuran testimonios que aseguran que se controlaba la asistencia a marchas como criterio para distribuir ayudas sociales, como bolsones de comida.

El juez Guaita, tras un cuarto intermedio de 48 horas, coincidió con los argumentos del Ministerio Público Fiscal. Reafirmó que no corresponde dictar sobreseimiento sin que previamente se hayan formulado cargos. Además, desestimó que se haya violado el derecho de los imputados a ser juzgados en un plazo razonable.

“La fiscalía actuó dentro del marco legal y no corresponde forzar una interpretación que la ley no contempla”, concluyó Guaita, confirmando así que el caso permanecerá archivado pero sin sobreseimientos.

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