lunes 23 de febrero de 2026
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Fallo judicial limita los descuentos por préstamos en el salario de una docente rionegrina

La Justicia laboral de Bariloche ordenó al Ministerio de Educación que no retenga más del 20% del sueldo neto de una maestra endeudada. En algunos meses, los descuentos habían llegado al 100% de su haber mensual.
jueves 03 de julio de 2025

Viedma- Una docente del sistema educativo de Río Negro logró una sentencia favorable que obliga al Estado provincial a limitar las deducciones de su salario en concepto de préstamos con entidades financieras y mutuales. El fallo fue dictado por la Cámara Primera del Trabajo de Bariloche y establece que los descuentos no podrán superar el 20% de su sueldo neto, conforme al Decreto-Ley 6754/43.

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La trabajadora inició una acción judicial en marzo tras denunciar que en diciembre de 2024 y enero de 2025 no percibió salario alguno por descuentos que llegaron al 100%, y que en febrero solo cobró el 14% de sus haberes. Las deducciones estaban relacionadas con créditos otorgados por cinco entidades: MUT.REG.SUR, AMSER, MEPUC, CREDIT NOW y U.P.A.M.

La sentencia remarcó que los descuentos administrativos, aunque provengan de convenios firmados voluntariamente, no pueden vulnerar el límite legal. También recordó que los embargos judiciales están sujetos a revisión y no pueden alcanzar niveles similares.

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Además del tope, la resolución ordena a la docente informar a qué entidad debe destinarse el 20% de su salario. Si no lo define en 48 horas, el monto será distribuido proporcionalmente entre las acreedoras. El fallo aún no está firme y puede ser apelado.

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