jueves 14 de mayo de 2026
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Un tribunal nulificó el acuerdo de responsabilidad de Federico Costich

El tribunal que revisó el caso anuló el acuerdo por el que Federico Costich reconocía su responsabilidad en un incendio fatal, ya que la fiscalía había imputado inicialmente un delito más grave y el cambio vulneró el principio de legalidad. Se ordenó una nueva audiencia para continuar con el proceso.
viernes 08 de agosto de 2025

El tribunal compuesto por la jueza Carina Álvarez y los jueces Andrés Repetto y Gustavo Ravizzoli declaró nulo el acuerdo mediante el cual Federico Costich reconoció su responsabilidad en el incendio de su vivienda, hecho que causó la muerte de su hijo Nazareno Jara (LEG 296878).

Al momento de formular cargos, la fiscalía imputó a Costich por homicidio agravado por el vínculo y por haber causado un peligro común, delito que, según el Código Penal, conlleva la pena de prisión perpetua. Posteriormente, en un procedimiento abreviado, las partes alcanzaron un acuerdo en el que el acusado reconocía su responsabilidad por un delito considerablemente más leve: estrago doloso seguido de muerte, cuya pena prevista es de entre 8 y 20 años de prisión.

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Durante la audiencia de determinación de la pena, la fiscalía volvió a calificar el hecho como homicidio calificado, lo que llevó al tribunal, por unanimidad, a considerar vulnerado el principio de legalidad, que impide aceptar un cambio de calificación atribuyendo un delito menos grave cuando la conducta descripta es la misma.

De esta forma, el tribunal declaró la nulidad del acuerdo homologado y ordenó la realización de una nueva audiencia de control de acusación para continuar con el proceso.

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