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Una jueza ordenó que un padre pague la cuota alimentaria completa porque la madre está desempleada

La jueza Eliana Fortbetil, de la IV Circunscripción Judicial de Neuquén, resolvió que un padre de Villa La Angostura deberá cubrir en su totalidad la cuota alimentaria de su hijo. Tomó como parámetro la canasta de crianza del INDEC, pero fijó un monto equivalente a una canasta y media por los mayores costos de la zona y aplicó perspectiva de género en su decisión.
miércoles 12 de noviembre de 2025

La jueza de Familia Eliana Fortbetil determinó que un hombre de Villa La Angostura deberá hacerse cargo por completo de la cuota alimentaria de su hijo, pese a que existe un acuerdo de cuidado compartido con la madre. La decisión se basó en que la progenitora no cuenta actualmente con empleo ni ingresos, y en que el principio de solidaridad familiar debe primar para garantizar el interés superior del niño.

Debo resolver conforme al principio de solidaridad familiar que rige en todos los procesos de familia y que pacifique este conflicto, a la vez que garantice el interés superior del niño involucrado”, señaló la magistrada en su resolución.

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Costos y parámetros de la decisión

Para establecer el monto, Fortbetil tomó como referencia la canasta de crianza que publica el INDEC, pero, considerando el mayor costo de vida en Villa La Angostura, decidió fijar una suma equivalente a una canasta y media. Además, ordenó que el padre asuma los gastos escolares y las actividades extraescolares del niño, así como la deuda con el establecimiento educativo.

La jueza destacó que, para fijar una cuota alimentaria, deben tenerse en cuenta las necesidades del niño, el nivel de vida previo a la separación y las circunstancias económicas de ambos progenitores. Del análisis de las pruebas y testimonios surgió que el padre posee ingresos regulares, mientras que la madre no percibe ingresos ni cuenta con empleo estable.

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Perspectiva de género en los procesos familiares

En su fallo, Fortbetil subrayó la importancia de aplicar una perspectiva de género en los procesos de familia, ya que implica “analizar con enfoque estructural las desigualdades que históricamente han atravesado a las mujeres en contextos de crianza y post ruptura del vínculo familiar”.

Asimismo, cuestionó los argumentos del padre en su defensa, al considerar que “cargan con una fuerte desvalorización hacia la figura materna” y reproducen “estereotipos de la mala madre por viajar o hacer vida social”. La magistrada enfatizó que “las elecciones personales o sociales de las mujeres no deben ser usadas para descalificar su rol maternal ni afectar sus derechos”.

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Igualdad y derechos parentales

Fortbetil remarcó que las decisiones judiciales sobre alimentos deben fundarse en hechos objetivos y jurídicamente relevantes, y no en “el estilo de vida ni las conductas que forman parte de la vida privada de la progenitora”.

Por ello, sostuvo que el posicionamiento del progenitor reproduce estereotipos de género, desvaloriza la figura materna y “no incorpora una mirada equitativa entre las responsabilidades y derechos parentales”.

Con esta resolución, la jueza reafirmó el principio de igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito familiar, y la necesidad de que las decisiones judiciales garanticen el interés superior del niño por sobre cualquier conflicto entre los adultos.

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