ARCA habilitó la recategorización del Monotributo: quiénes deben hacer el trámite y cómo completarlo paso a paso
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó la primera recategorización del Monotributo de 2026, un trámite clave para los contribuyentes del régimen simplificado. La gestión permite actualizar la categoría según la facturación y otros parámetros declarados y define la cuota mensual que se abonará durante los próximos seis meses.
La habilitación llega tras la actualización de los valores del Monotributo, con un incremento del 14,28% en los topes de facturación anual, las cuotas mensuales y los montos de referencia, en función de la inflación acumulada en el segundo semestre de 2025. Los nuevos importes impactan desde febrero.
Quiénes deben recategorizarse y quiénes no
No todos los monotributistas están obligados a realizar el trámite. Solo deben recategorizarse quienes, al analizar su situación, adviertan que cambiaron los parámetros que determinan su categoría.
Quedan exceptuados quienes no registraron modificaciones y también quienes se inscribieron recientemente: si no transcurrieron al menos seis meses desde el alta, no corresponde recategorizarse en esta instancia.
Hasta cuándo hay tiempo para hacer el trámite
ARCA estableció como fecha límite el 5 de febrero de 2026 para realizar la primera recategorización del año. Pasado ese plazo, el organismo puede intervenir de oficio en los casos en los que corresponda un cambio de categoría.
Cómo se realiza la recategorización del Monotributo
El trámite es 100% digital y se realiza a través del portal oficial del Monotributo. Los pasos son:
- Ingresar con CUIT y clave fiscal.
- Seleccionar la opción “Recategorizarme”.
- Verificar la categoría actual y los topes vigentes.
- Continuar el proceso e informar la facturación de los últimos 12 meses.
- Confirmar la nueva categoría e imprimir la credencial actualizada.
Qué datos se toman en cuenta para recategorizar
Para definir la categoría, ARCA evalúa la facturación devengada de los últimos 12 meses —no la efectivamente cobrada— y otros parámetros establecidos por la normativa, como:
- Alquileres devengados.
- Superficie afectada a la actividad.
- Consumo de energía eléctrica.
Por ejemplo, un servicio prestado en diciembre pero facturado en febrero debe computarse dentro del período correspondiente a diciembre.
Qué pasa si no se hace la recategorización
Si el contribuyente debía bajar de categoría y no realizó el trámite, no se aplican sanciones. En cambio, si correspondía subir y no se hizo, ARCA puede imponer una multa de hasta el 50% del impuesto integrado y del aporte jubilatorio.
Además, el organismo puede recategorizar de oficio a partir de marzo, utilizando la información de facturación y otros indicadores disponibles.
Cuáles son las nuevas cuotas del Monotributo desde febrero
Con la actualización vigente, las cuotas mensuales totales (impuesto integrado, jubilación y obra social) quedan de la siguiente manera:
- Categoría A: $42.386,74
- Categoría B: $48.250,78
- Categoría C: $56.501,85 (servicios) / $55.227,06 (bienes)
- Categoría D: $72.414,10 (servicios) / $70.661,26 (bienes)
- Categoría E: $102.537,97 (servicios) / $92.658,35 (bienes)
- Categoría F: $129.045,32 (servicios) / $111.198,27 (bienes)
- Categoría G: $197.108,23 (servicios) / $135.918,34 (bienes)
- Categoría H: $447.346,93 (servicios) / $272.063,40 (bienes)
- Categoría I: $824.802,26 (servicios) / $406.512,05 (bienes)
- Categoría J: $999.007,65 (servicios) / $497.059,41 (bienes)
- Categoría K: $1.381.687,90 (servicios) / $600.879,51 (bienes)
Errores frecuentes al recategorizar y cómo evitarlos
Entre los errores más comunes figuran no anualizar ingresos cuando corresponde, confundir ingresos devengados con cobrados y no revisar todos los parámetros además de la facturación. Estos descuidos pueden derivar en una categoría incorrecta y futuros ajustes de ARCA.
Por eso, especialistas recomiendan revisar con detalle los números antes de confirmar la recategorización y realizar el trámite dentro del plazo establecido.