viernes 6 de marzo de 2026
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Compró un café para llevar, el vaso se desfondó y sufrió quemaduras: deberán indemnizarla con más de $1 millón

Una mujer de Viedma sufrió quemaduras cuando el vaso descartable de un café para llevar se desfondó y el líquido caliente cayó sobre su cuerpo. La Justicia determinó que hubo responsabilidad en la cadena de comercialización y condenó a la petrolera y al titular de la estación de servicio a indemnizarla con más de $1 millón.
viernes 06 de marzo de 2026

Una mujer de Viedma será indemnizada con más de un millón de pesos luego de sufrir quemaduras cuando el vaso descartable de un café para llevar se desfondó y el líquido caliente cayó sobre su cuerpo. La Justicia condenó de manera solidaria a la empresa YPF y al titular de la estación de servicio donde ocurrió el hecho.

El episodio se produjo cuando la mujer compró un café con leche en el local gastronómico de una estación de servicio. Al regresar a su automóvil, el vaso descartable cedió en la base y la bebida caliente se derramó sobre su cuerpo, provocándole quemaduras.

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Tras lo ocurrido, su pareja ingresó nuevamente al comercio para pedir servilletas y asistirla. Personal del establecimiento se acercó al vehículo, ofreció disculpas y facilitó el libro de quejas y reclamos para dejar constancia de lo sucedido.

La consumidora inició una demanda de menor cuantía ante el Juzgado de Paz, donde sostuvo que el accidente se produjo por un defecto del vaso descartable que contenía la bebida caliente. En su presentación encuadró el caso dentro de una relación de consumo y citó las disposiciones de la Ley de Defensa del Consumidor de Argentina, especialmente el deber de seguridad que obliga a los proveedores a garantizar que los bienes y servicios no representen riesgos para quienes los utilizan.

Durante el proceso judicial, la petrolera argumentó que no explotaba de manera directa la estación de servicio, sino que el establecimiento pertenecía a un tercero que operaba bajo su marca comercial mediante un sistema de franquicia. Por su parte, el titular del comercio reconoció la venta del café, pero negó que el vaso presentara un defecto y sostuvo que no existía prueba material que acreditara el desfonde.

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El juzgado analizó distintas pruebas incorporadas al expediente, entre ellas el ticket de compra, fotografías de las lesiones y el registro del reclamo asentado en el libro de quejas.

Tras evaluar la documentación y el alcance de las normas de defensa del consumidor, la Justicia determinó que existió responsabilidad en la cadena de comercialización y condenó de forma solidaria a ambas partes a pagar una indemnización total de $1.008.077,85.

El monto incluye $8.077,85 por daño patrimonial, $400.000 por daño extrapatrimonial y $600.000 por daño punitivo, una sanción prevista para castigar conductas que vulneran los derechos de los consumidores.