miércoles 18 de marzo de 2026
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La Justicia rechazó el pedido de un padre para reducir la cuota alimentaria de su hija

El fallo consideró que no hubo cambios sustanciales en su situación económica y destacó el aumento de las necesidades de la menor.
miércoles 18 de marzo de 2026

El fuero de Familia de Luis Beltrán rechazó el pedido de un padre que buscaba reducir la cuota alimentaria de su hija, al considerar que no logró acreditar una modificación sustancial en sus condiciones económicas.

La decisión judicial mantuvo vigente el monto establecido años atrás, priorizando el interés superior de la niña.

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Un acuerdo que quedó desactualizado

La cuota alimentaria había sido fijada cuando la menor tenía cuatro años. Actualmente, con once, sus necesidades en educación, salud y vestimenta son mayores, en línea con su crecimiento.

El padre solicitó la reducción argumentando nuevos gastos personales y señalando que la madre cuenta con ingresos como docente.

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La postura de la madre

La mujer rechazó el planteo y expuso que asume sola el cuidado cotidiano de la hija, además de afrontar gastos de alquiler, educación, salud y el pago de una niñera por razones laborales.

Durante el proceso se incorporaron pruebas como recibos de haberes, informes, una pericia socioambiental y testimonios.

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Los fundamentos del fallo

La jueza recordó que la obligación alimentaria solo puede modificarse si se demuestra un cambio sustancial, como una caída real en los ingresos del progenitor o una disminución en las necesidades del menor.

En este caso, concluyó que el padre no logró acreditar una merma concreta en su capacidad económica y que continúa con actividad laboral.

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El valor del cuidado

La sentencia también destacó que las tareas de cuidado que realiza la madre tienen un valor económico y deben ser consideradas al momento de evaluar la distribución de responsabilidades.

Además, remarcó que el crecimiento de la niña implica mayores gastos y que el nacimiento de otro hijo por parte del hombre no constituye un motivo suficiente para reducir la cuota.

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Prioridad: el bienestar de la menor

Finalmente, el fallo reafirmó que ambos progenitores deben garantizar el bienestar de su hija según sus posibilidades, manteniendo la cuota vigente para asegurar sus condiciones de vida.

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