viernes 20 de marzo de 2026
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De Yugoslavia a Bariloche: la Justicia reconoce propiedad tras más de 70 años de ocupación familiar

Dos hermanos obtuvieron el 50% de un inmueble tras acreditar posesión continua, pública e ininterrumpida desde la década de 1950.
viernes 20 de marzo de 2026

En 1951, un matrimonio procedente de Yugoslavia se instaló en Bariloche y registró un terreno que con el tiempo se convertiría en vivienda familiar. Sin embargo, la historia dio un giro: la mujer regresó a su país de origen y nunca volvió a ocupar ni reclamar el inmueble.

A lo largo de las décadas, sobre ese terreno se levantó una casa, departamentos y locales comerciales, donde crecieron los hijos del hombre que permaneció en la ciudad. La familia continuó ocupando y administrando el lugar como propio, sin interrupciones ni reclamos externos.

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Más de 70 años después, la situación dominial fue finalmente regularizada. Tras un proceso judicial, un fallo del fuero Civil de Bariloche reconoció que dos hermanos adquirieron por prescripción adquisitiva el 50% del inmueble, acreditando una posesión pública, continua y sostenida durante décadas.

El expediente detalló que el terreno estaba registrado en condominio entre el hombre y su esposa. Tras su salida del país en los años cincuenta, ella no volvió a ejercer derechos sobre la propiedad. El hombre formó una nueva familia en Bariloche y desarrolló el lugar, que con el tiempo quedó conformado por cinco departamentos y unidades comerciales.

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Los hermanos actuales nacieron y se criaron allí, continuaron con la ocupación, realizaron mejoras edilicias y explotaron el inmueble mediante alquileres y actividades comerciales. Durante el juicio se presentaron comprobantes de pago de tasas y servicios, contratos de alquiler, habilitaciones municipales y planos de ampliaciones, además de testimonios de vecinos que confirmaron la posesión sostenida y la ausencia de reclamos.

El juez consideró acreditada la posesión pública, continua e ininterrumpida por más de veinte años, con actos propios de dueño. En consecuencia, la sentencia declaró que los demandantes adquirieron el 50% del inmueble, que será inscripto a su nombre en partes iguales.

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