jueves 11 de junio de 2026
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Polémica decisión judicial: el condenado por el femicidio de Mabel Mena tendrá domiciliaria antes de la sentencia final

En Neuquén, la Justicia otorgó prisión domiciliaria a un condenado por el femicidio de Corina Mena tras una decisión del tribunal de revisión.
jueves 11 de junio de 2026

Un tribunal de revisión de Neuquén resolvió otorgar prisión domiciliaria a Jorge Octavio Linco, declarado culpable por jurado popular por el femicidio de Corina Mabel Mena. La medida se adoptó por mayoría, en contra del criterio del Ministerio Público Fiscal y de la querella, que habían solicitado mantener la prisión preventiva hasta la determinación de la pena.

La decisión revocó además la prórroga de la prisión preventiva que había sido dictada semanas atrás, en un contexto de fuerte discusión jurídica sobre los plazos de detención tras un veredicto de culpabilidad.

El debate por la prisión preventiva

La resolución fue tomada por las juezas Carolina González y Laura Barbé, mientras que la magistrada Leticia Lorenzo votó en disidencia. Tras la decisión, tanto el fiscal jefe Gastón Ávila como la abogada querellante que representa a la familia de la víctima adelantaron que presentarán una impugnación.

Linco había sido declarado culpable en mayo por un jurado popular por homicidio agravado por el vínculo y por mediar violencia de género, además de lesiones a otra persona que sobrevivió al ataque. Resta ahora la audiencia de determinación de la pena, donde la expectativa es la imposición de prisión perpetua.

En ese contexto, el juez de garantías había dispuesto la extensión de la prisión preventiva por tres meses, al considerar que persistía el riesgo de fuga, incluso reforzado tras el veredicto de culpabilidad.

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Los fundamentos de la revisión

La defensa solicitó la revisión de esa medida y argumentó que correspondía aplicar el plazo máximo de un año previsto en el artículo 119 del Código Procesal Penal, además de pedir subsidiariamente prisión domiciliaria o monitoreo electrónico.

La mayoría del tribunal sostuvo una interpretación distinta: consideró que el proceso penal debe entenderse como una unidad entre la fase de responsabilidad y la de determinación de la pena, por lo que el cómputo del plazo no debía extenderse más allá del veredicto de culpabilidad.

Esa lectura fue cuestionada en el voto en disidencia, donde se planteó que la revisión debía limitarse estrictamente a los argumentos de la defensa y no incorporar nuevos enfoques no debatidos en la audiencia. También se advirtió sobre el impacto de la decisión en la tutela judicial de las víctimas.

Desde el Ministerio Público Fiscal, en tanto, se remarcó que el riesgo de fuga seguía vigente y que el veredicto reforzaba la necesidad de mantener la detención preventiva hasta la instancia final del proceso.

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Cómo seguirá el cumplimiento de la medida

Con la resolución vigente, Linco continuará detenido pero bajo modalidad de prisión domiciliaria hasta el vencimiento del plazo de la prórroga que había sido fijada previamente.

Cumplirá la medida en un paraje con custodia policial permanente y tobillera electrónica. Además, se le prohibió cualquier tipo de contacto con familiares de la víctima y con testigos del proceso.

El caso se inscribe en el femicidio ocurrido el 7 de junio de 2025 en Junín de los Andes, donde la investigación determinó que el acusado atacó primero a un hombre y luego a Corina Mena con una puñalada en el tórax que le provocó la muerte.