sábado 17 de octubre de 2026
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Licencia de conducir en Argentina: hasta qué edad se puede tramitar y cuáles son los plazos de renovación

La normativa vigente en Argentina no establece un límite de edad para renovar el registro. Conocé las vigencias por rango etario y el impacto del formato digital.
sábado 17 de octubre de 2026

En la Argentina, la legislación nacional de tránsito no impone una edad máxima para obtener o renovar la licencia de conducir. Tanto las personas mayores de 70 u 80 años pueden continuar al volante de manera legal, siempre que aprueben las evaluaciones médicas y psicofísicas dispuestas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV). La normativa vigora bajo el principio de dar prioridad a la aptitud física y mental del conductor por sobre la edad cronológica.

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Sin embargo, el marco regulatorio contempla variaciones en los plazos de vigencia del carnet según el rango etario del solicitante, exigiendo renovaciones más frecuentes en las personas mayores para garantizar la seguridad vial en la vía pública.

Vigencia del carnet por franja etaria y requisitos

Los períodos de validez fijados para la renovación de las licencias particulares (categorías de autos, motos y maquinaria) se dividen según las siguientes etapas:

  • Menores de 21 años: Vigencia por 5 años (aplicable a categorías A, B y G).
  • De 21 a 65 años: Validez estándar de 5 años.
  • De 65 a 70 años: El período de renovación se reduce a 3 años.
  • Mayores de 70 años: La vigencia es de 1 año, exigiendo renovación anual obligatoria.

Para concretar el trámite, es indispensable presentar el certificado de aptitud psicofísica expedido por profesionales o centros médicos habilitados e inscriptos ante la ANSV. Asimismo, los conductores principiantes tienen la obligación de portar durante los primeros seis meses el distintivo identificatorio de "Principiante" y cuentan con restricciones de circulación en autopistas, semiautopistas y microcentros.

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El impacto de la licencia digital obligatoria

A partir de las modificaciones introducidas mediante el Decreto 196/2025 sobre la Ley Nacional de Tránsito (Ley 24.449), la Licencia Nacional de Conducir se emite con prioridad en formato digital, contando con plena validez legal en todo el territorio nacional. Los ciudadanos pueden optar por contar con el carnet físico réplica, el cual mantiene su vigencia vinculada directamente al estado activo de la versión digital.

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