Río Negro: proponen multas y arresto de hasta 30 días para los trapitos
Un proyecto de ley presentado en la Legislatura de Río Negro busca incorporar sanciones para quienes cobren por cuidar autos, reservar espacios de estacionamiento o limpiar vidrios en la vía pública sin autorización. La iniciativa también apunta a quienes utilicen amenazas o presiones para exigir dinero y contempla multas, trabajo comunitario y arresto de hasta 30 días.
La propuesta fue impulsada por los legisladores del PRO María Laura Frei y Juan Martín, quienes plantean modificar el Código Contravencional provincial, establecido por la ley S 5592.
El texto incorpora nuevas figuras para abordar distintas situaciones vinculadas con la actividad conocida como «trapitos». Entre ellas, incluye la prestación no autorizada de servicios de estacionamiento, reserva de lugares, guarda y cuidado de vehículos, además del lavado y limpieza de vidrios.
Uno de los puntos centrales es que la sanción también podrá aplicarse cuando el pago sea presentado como una colaboración voluntaria. La iniciativa busca contemplar los casos en los que una persona ofrece el servicio sin autorización y luego exige una retribución por realizarlo.
Qué sanciones contempla el proyecto
El artículo 49 ter establece que quienes incurran en estas conductas podrán recibir multas de entre 100 y 5.000 unidades de multa (UM), trabajo comunitario de 5 a 120 días o arresto de hasta 30 días.
Además, el juez podrá disponer que la persona sancionada tenga prohibido concurrir al lugar donde desarrollaba la actividad durante un período de hasta 90 días.
La iniciativa incorpora también el artículo 49 bis, que contempla sanciones para quienes, mediante amenazas, hostigamiento o presión indebida, obliguen o intenten obligar a otra persona a realizar, tolerar u omitir determinada conducta.
En estos casos se prevén las mismas penas: multas, tareas comunitarias o arresto. El proyecto aclara que quedan excluidas las situaciones que por sus características correspondan a la Justicia penal.
Las penas podrían duplicarse en determinadas situaciones
Otro de los aspectos incluidos es un agravamiento de las sanciones cuando se presenten circunstancias consideradas especialmente graves.
El proyecto establece que los mínimos y máximos de las penas podrán duplicarse cuando la actividad sea realizada por dos o más personas de manera organizada; ocurra cerca de espectáculos, eventos masivos, escuelas, hospitales, bancos o edificios públicos; o se desarrolle entre las 18 y las 6.
También contempla un agravamiento cuando la víctima sea una persona jubilada, mayor de 70 años o con discapacidad, así como cuando la conducta esté motivada por violencia de género.
A su vez, se propone incorporar un régimen de reincidencia. En caso de que una persona vuelva a cometer una contravención, el juez podrá elevar la sanción hasta el doble o el triple, además de disponer días de arresto, según las circunstancias del caso.
Los argumentos de los autores de la iniciativa
En los fundamentos, Frei y Juan Martín sostienen que la actividad se registra principalmente en zonas urbanas con circulación intensa y durante eventos deportivos, culturales y recreativos.
Según plantean, en algunos casos el cobro por el supuesto cuidado de vehículos deja de ser voluntario y se transforma en una exigencia acompañada de amenazas explícitas o implícitas de provocar daños.
Los legisladores también señalan que determinadas situaciones no necesariamente encuadran en el delito de extorsión previsto en el Código Penal, por lo que consideran necesario incorporar herramientas específicas al régimen contravencional provincial.
Como antecedentes, mencionan las normativas vigentes en la Ciudad de Buenos Aires y Santa Fe.
La propuesta aclara que busca respetar las competencias municipales y mantener la vigencia de las ordenanzas locales. Por ahora, se trata de un proyecto de ley que deberá atravesar el tratamiento legislativo antes de convertirse en una norma aplicable en Río Negro.