2026-10-27

Empleados de comercio cerraron paritaria: 5,7% de aumento y bono

Mercantiles firmaron la paritaria con un aumento del 5,7% en tres tramos y una suma fija de $50.000. Los detalles del cronograma de cobro hasta diciembre.

Las cámaras empresarias del sector mercantil y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) alcanzaron un nuevo acuerdo en el marco de la revisión paritaria para los trabajadores encuadrados en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75. El entendimiento establece un incremento salarial del 5,7% de carácter remunerativo y no acumulativo, que se liquidará en tres tramos iguales entre octubre y diciembre.

Para el cálculo de los incrementos se tomarán como base las escalas salariales vigentes al mes de septiembre de 2026, adicionando las sumas no remunerativas vigentes a esa fecha. El convenio ratifica el compromiso de las partes de retomar las negociaciones paritarias en enero de 2027 para evaluar el impacto de las variables económicas y ajustar las escalas.

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Cronograma de aumentos y escalas tramo por tramo

La recomposición salarial del 5,7% se aplicará de forma escalonada según el siguiente esquema:

  • Octubre de 2026: 1,9% de incremento sobre los básicos.
  • Noviembre de 2026: 1,9% de incremento sobre los básicos.
  • Diciembre de 2026: 1,9% de incremento sobre los básicos.

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Suma fija no remunerativa de $50.000

Junto con el porcentaje de recomposición, las entidades empresarias y el gremio mercantil pactaron el otorgamiento de una suma extraordinaria por única vez de $50.000, con carácter no remunerativo y no acumulativo.

La liquidación de este beneficio adicional se dividirá en dos cuotas iguales:

  • Primera cuota ($25.000): se abonará de manera conjunta con los haberes correspondientes al mes de octubre de 2026.
  • Segunda cuota ($25.000): se liquidará junto con los salarios del mes de noviembre de 2026.

Las cláusulas suscriptas rigen a partir del 1° de octubre de 2026 para todo el territorio nacional, con excepción de la ciudad de Río Grande, en Tierra del Fuego, donde los porcentajes fijados no resultarán vinculantes para los acuerdos locales, sin perjuicio de representar el piso mínimo convencional tras su homologación.

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