viernes 3 de mayo de 2024

IPROSS

Buscan que los empleados rionegrinos tengan la libertad de elegir su obra social

Esto limita su capacidad de decidir sobre su propia cobertura médica, desconociendo el derecho de cada individuo de elegir la obra social que mejor se adapte a sus necesidades y preferencias.
lunes 22 de abril de 2024

Viedma.- Se presentó un proyecto de la Libertad Avanza en la legislatura rionegrina que tiene como objetivo fundamental promover la libertad de elección en materia de salud para todos los empleados públicos provinciales de Río Negro.

Actualmente, dichos empleados se encuentran vinculados de manera obligatoria a la obra social pública del Instituto Provincial de la Seguridad Social (I.PRO.S.S.). Esto limita su capacidad de decidir sobre su propia cobertura médica, desconociendo el derecho de cada individuo de elegir la obra social que mejor se adapte a sus necesidades y preferencias. La diversidad de opciones en el ámbito de la salud permite a las personas acceder a servicios de calidad acordes a sus requerimientos particulares y los de sus familias.

Asimismo, este proyecto busca fomentar la competencia entre las distintas obras sociales sindicales, públicas y prepagas privadas, incentivando la mejora continua en la prestación de servicios y la oferta de coberturas más amplias y especializadas. La libre elección contribuirá a dinamizar el mercado de salud, beneficiando a los empleados públicos con una mayor oferta de servicios y opciones más adaptadas a sus necesidades individuales.

Históricamente, el sistema de obras sociales se organizó de modo tal que cada entidad brindaba prestaciones de salud y otras prestaciones sociales exclusivamente a sus afiliados/beneficiarios.

Desde la sanción de la primera ley general del sistema (Ley 18.610), el régimen jurídico prescribió la obligación de todo trabajador de afiliarse a la obra social de su actividad, no estando permitido cambiar de obra social. Es decir que cada obra social tenía su propia “población cautiva”, lo que significaba que el trabajador-afiliado a determinada obra social, no iba a dejar la misma hasta que no cambiase de trabajo, e incluso, se mantenía su afiliación a la misma obra social si el nuevo trabajo correspondía a la misma actividad laboral.

Bajo estos principios, la nota distintiva del sistema ha sido la “pertenencia”, “cautividad” o inclusión de los trabajadores beneficiarios en la obra social por rama de actividad, oficio, empresa o categoría. 

En la década de 1990 se dictaron diversas normas para instituir la libertad de elección de obra social por parte de los afiliados. Si bien no se produjo una desregulación del sistema de obras sociales, se modificó el régimen jurídico que las regía sustituyéndo unas normas por otras.

Con el decreto 70/2023 del presidente Javier Milei, que está vigente desde el 29 de diciembre de 2023, se modificó el artículo 19 de la Ley 23.660 para otorgarle la libre elección de obra social al trabajador/beneficiario, indicando la obligación del empleador o dador de trabajo de depositar a la entidad seleccionada por el beneficiario la contribución a su cargo junto con los aportes que hubieran de retener a su empleado. 

 


En resumen, este proyecto de ley persigue garantizar la autonomía de elección en materia de salud para los empleados públicos provinciales de Río Negro, promoviendo un sistema más inclusivo, eficiente y orientado a satisfacer las necesidades específicas de cada individuo en el ámbito de la salud.