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Un padre preso podrá volver a hablar con su hija una vez por semana

Una jueza de Familia de Viedma estableció un régimen de videollamadas entre un padre preso y su hija, pese al conflicto por la cuota alimentaria.
martes 25 de agosto de 2026

Un hombre detenido en el penal de General Roca podrá volver a comunicarse con su hija una vez por semana luego de que la Justicia de Familia de Viedma estableciera un régimen de contacto mediante llamadas telefónicas o videollamadas. La decisión se tomó después de que la niña manifestara su deseo de mantener el vínculo con su padre, pese al conflicto existente entre los adultos.

Antes de quedar detenido, el hombre veía a su hija varios días a la semana y contaba con la colaboración del abuelo materno para facilitar los encuentros. En 2023 ingresó a prisión y, durante los dos años siguientes, mantuvo contacto con la niña mediante videollamadas cada quince días.

La situación cambió el año pasado, cuando la madre de la niña reclamó el pago de una cuota alimentaria y condicionó la continuidad de la comunicación virtual a ese cumplimiento.

Ante esa situación, el padre inició una demanda para que la Justicia estableciera formalmente un régimen de comunicación que le permitiera recuperar el contacto con su hija.

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La palabra de la niña fue determinante

Durante el proceso, la niña fue escuchada por la jueza y manifestó su predisposición a continuar comunicándose con su padre. También recordó los contactos que mantenía con él cuando visitaba a su abuelo.

El Equipo Técnico que intervino en el expediente también evaluó su situación y detectó una “afectividad positiva hacia su padre”, además de interés en mantener e incluso ampliar los espacios de contacto.

Los profesionales advirtieron que el vínculo estaba condicionado por las decisiones de los adultos de su entorno. Por ese motivo, recomendaron que cualquier resolución priorizara el derecho de la niña a conservar vínculos significativos con ambos progenitores.

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Además, aconsejaron que la menor pudiera acceder a un espacio terapéutico individual para contar con un ámbito especializado donde expresar sus emociones y abordar las situaciones vinculadas al conflicto familiar.

La Defensora de Menores e Incapaces coincidió con esa evaluación y pidió que se estableciera una comunicación como mínimo una vez por semana, mediante llamada telefónica o videollamada. También solicitó que la madre garantizara el contacto y coordinara previamente con el establecimiento penitenciario.

La Justicia separó el reclamo alimentario del vínculo familiar

Al resolver el caso, la jueza consideró que no había elementos que permitieran acreditar la existencia de “riesgo o peligro alguno para la niña” derivado de la comunicación telefónica con su padre.

Para tomar la decisión, valoró el testimonio de la menor, las declaraciones de los testigos, el informe del Equipo Técnico y el resto de las constancias incorporadas al expediente.

La sentencia recordó además que el Código Civil y Comercial reconoce el derecho y el deber de mantener una comunicación fluida entre los hijos y el progenitor que no convive con ellos. También citó la Convención sobre los Derechos del Niño y las normas nacionales y provinciales que protegen el derecho de niñas, niños y adolescentes a conservar sus vínculos familiares.

Finalmente, el juzgado hizo lugar al pedido del padre y estableció un régimen de comunicación semanal, los domingos al mediodía o en otro horario que las partes puedan acordar.

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El contacto será virtual, mediante llamada telefónica o videollamada. Mientras el hombre permanezca detenido y no tenga un teléfono celular propio, la madre deberá realizar las gestiones necesarias para garantizar la comunicación y coordinarla con el establecimiento penitenciario.

La resolución también ordenó que se gestione para la niña el espacio terapéutico individual recomendado por los profesionales.

De esta manera, la Justicia priorizó la continuidad del vínculo entre padre e hija y estableció un mecanismo concreto para sostenerlo mientras el hombre permanezca privado de su libertad.

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