Fallo en Bariloche por cuota alimentaria
Redujeron al 20% la cuota alimentaria que debe aportar una abuela para su nieto
La Cámara de Apelaciones en lo Civil de Bariloche falló a favor de una abuela, reduciendo al 20% de su pensión no contributiva la cuota alimentaria que debe aportar para la manutención de su nieto. La decisión fue tomada tras una apelación en la que la mujer argumentó su situación económica precaria, sustentada únicamente en su pensión como madre de siete hijos y sus ingresos como empleada doméstica.
En su fallo, el tribunal explicó que la obligación alimentaria de los abuelos es subsidiaria y depende de la capacidad económica de los parientes. A diferencia de la "responsabilidad parental" de los padres, la contribución de los abuelos se basa en la "solidaridad familiar". La Cámara destacó que imponer una carga igual a la de los padres afectaría de manera significativa los ingresos de la abuela, comprometiendo su subsistencia.
El tribunal consideró que la situación de la abuela, quien ha dedicado su vida al cuidado de sus hijos, influye en su falta de recursos y justifica la apelación. Con esta resolución, la cuota alimentaria será exigible solo si el padre o el abuelo paterno del niño no cubren el monto mínimo establecido, respetando así la capacidad económica de la abuela.