Estafa con planes sociales: prisión efectiva para ocho acusados
El tribunal penal de Neuquén fijó este lunes las condenas para las doce personas declaradas penalmente responsables por las estafas con planes sociales ejecutadas entre septiembre de 2020 y julio de 2022. Las penas más altas, de 5 años de prisión efectiva, recayeron sobre el exministro de Desarrollo Social Abel Di Luca, el excoordinador de Administración Tomás Siengenthaler y el exdirector de Planes Sociales Ricardo Soiza.
Penas efectivas y condenas diferenciadas
Además de las máximas condenas, el tribunal impuso 4 años y 6 meses de prisión efectiva a Néstor Pablo Sanz; 4 años a Marcos Osuna; y 3 años y 6 meses a Luis María Gallo, Julieta Mariana Oviedo y Alfredo Cury.
En tanto, Laura Carolina Resnik, Isabel Natalia Montoya, Valeria Noemí Honorio y Emanuel Rodolfo Victoria Contreras recibieron 3 años de prisión condicional.
Inhabilitación perpetua y costos del proceso
Por pedido de la fiscalía, los jueces ordenaron la inhabilitación especial perpetua para ocupar cargos públicos, las accesorias legales y el pago de las costas del juicio.
Si bien no se dispusieron decomisos sobre bienes de los imputados —porque no se acreditó de manera fehaciente que fueran adquiridos con el dinero de la defraudación—, el tribunal dejó abierta la posibilidad de que sean reclamados en el proceso civil que lleva adelante la Fiscalía de Estado.
Un perjuicio millonario a la administración pública
Durante la audiencia previa, el fiscal jefe Pablo Vignaroli remarcó que se trató de “un delito grave que afectó seriamente a la administración pública”, con un perjuicio acreditado de $153.377.900, monto que actualizado supera los $1.200 millones.
El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Vignaroli, el fiscal del caso Juan Narvaez, y las asistentes letradas Tanya Cid y Agustina Jara. La Fiscalía de Estado, como querellante, actuó a través del abogado Gustavo Kohon.
Cómo operaba la maniobra fraudulenta
Las y los condenados fueron considerados responsables del delito de administración fraudulenta agravada en perjuicio del Estado. Según la investigación, la maniobra se basaba en el uso ilegítimo de tarjetas de débito de beneficiarios de programas sociales. Los plásticos eran retenidos y una parte del subsidio se destinaba a referentes políticos del Movimiento Popular Neuquino (MPN).
En el veredicto previo, los jueces Juan Guaita, Luciano Hermosilla y Juan Manuel Kees descartaron el delito de asociación ilícita, pese al planteo inicial de la fiscalía.
Otros condenados en causas conexas
Antes de este juicio, otras nueve personas ya habían sido condenadas por tareas complementarias dentro de la estructura de la estafa, con penas de tres años de prisión condicional tras admitir los hechos.