lunes 23 de febrero de 2026
UNITE A LA COMUNIDAD DE NOTICIASNQN I INFORMATE PRIMERO, DESDE TU CELULAR

Condenan a Almundo y Aeroméxico a indemnizar a una pareja neuquina por un viaje frustrado

La Justicia civil consideró que, más allá de la fuerza mayor por el Covid-19, las empresas incurrieron en trato negligente, falta de información y abuso de posición dominante al declarar caducos los pasajes.
miércoles 17 de diciembre de 2025

Las empresas Almundo y Aeroméxico deberán indemnizar a una pareja de Neuquén que no pudo concretar un viaje a Cancún debido a las restricciones impuestas durante la pandemia de Covid-19. Así lo resolvió la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, que modificó un fallo de primera instancia y ratificó la responsabilidad de ambas firmas por el trato brindado a los consumidores.

Lee también: Gaido confirmó que en marzo finalizará el asfaltado total del barrio Z1

Los pasajes habían sido adquiridos en noviembre de 2019 para viajar en abril de 2020, pero la emergencia sanitaria obligó a reprogramar el vuelo en dos oportunidades. Tras una primera suspensión en marzo de 2020, y con la reapertura parcial de fronteras, la pareja fijó una nueva fecha para abril de 2021, abonando un plus por cambio de tarifa y adicionales. Sin embargo, el viaje volvió a frustrarse por la extensión de las medidas sanitarias.

En noviembre de 2021, cuando intentaron reprogramar para abril de 2022, desde Almundo les informaron que los pasajes estaban caducos y los derivaron a Aeroméxico, que ofreció un voucher por pasajero, opción que fue considerada insuficiente para concretar el viaje.

El camarista Pablo Furlotti, en un voto al que adhirió Patricia Clérici, sostuvo que la responsabilidad de las demandadas no se limitó a la suspensión del viaje, sino a la conducta posterior, que evidenció “una falta de diligencia ostensible”. En ese sentido, criticó el ofrecimiento del voucher por resultar inadecuado para cumplir con el objetivo original del contrato.

Lee también: Este viernes se presenta oficialmente el Mundial de Motocross 2026 en Bariloche

Si bien el tribunal reconoció que las restricciones sanitarias constituyeron un caso de fuerza mayor, concluyó que existió una deficiente atención, incumplimiento del deber de información y abuso de posición dominante, al trasladar los efectos de la pandemia exclusivamente a los consumidores, quienes incluso debieron afrontar diferencias tarifarias para reprogramar.

La condena incluye la devolución del valor de los pasajes, una indemnización por daño moral, fundada en los “trastornos, preocupación y angustia” sufridos por la pareja, y el pago de daño punitivo, con el objetivo de desalentar conductas similares por parte de las empresas demandadas.