martes 3 de marzo de 2026
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Condenan a inmobiliaria por retrasar escrituras: una pareja perdió el acceso a crédito y vivienda propia

Una pareja pagó en cuotas un terreno que nunca recibió formalmente. La Justicia ordenó la entrega de la escritura y una indemnización por los daños y perjuicios sufridos.
martes 03 de marzo de 2026

Una pareja de Roca consiguió un terreno a través de una promoción en redes sociales que prometía escrituras en dos años y servicios básicos completos. Tras pagar todas las cuotas, la ilusión de la casa propia se convirtió en frustración: las obras no avanzaron, los papeles legales no llegaron y la pareja quedó fuera de créditos hipotecarios como ProCreAr y préstamos UVA.

El fuero Civil de Roca falló a favor de los compradores y condenó a la inmobiliaria y a las vendedoras a entregar la escritura traslativa de dominio, además de pagar una indemnización que cubre el alquiler y la pérdida de oportunidad de acceder a financiamiento bancario.

La prueba que acreditó el incumplimiento

La jueza consideró válidos el boleto de compra, las comunicaciones con la inmobiliaria y las publicaciones promocionales en redes sociales. Una pericia informática confirmó que el perfil utilizado para ofrecer los lotes pertenecía a la empresa, y que la inscripción formal como martillera se produjo después de la publicidad y la firma del boleto.

El tribunal verificó que el plano de mensura no contaba con aprobación definitiva y que no se había iniciado el expediente en Catastro. La inmobiliaria tampoco contaba con habilitación municipal al momento de la venta.

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Retraso en servicios y obras: el obstáculo para acceder a créditos

Aunque la empresa de aguas informó avances en redes sobre la red sanitaria, el empalme nunca se ejecutó por falta de documentación. El contrato establecía un plazo de 24 meses para la entrega de servicios y la escritura, pero el incumplimiento persistió. Esto impidió que la pareja pudiera acceder a préstamos hipotecarios, esenciales para construir su hogar.

La jueza calificó la situación como pérdida de chance, considerando que la imposibilidad de obtener crédito constituyó un daño directo al proyecto de vivienda de la pareja.

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Daño extrapatrimonial y responsabilidad de la inmobiliaria

El tribunal también reconoció el daño extrapatrimonial, vinculando la frustración del proyecto de vivienda propia con la violación del deber de información y trato digno. La excepción de pandemia fue descartada, ya que el plazo contractual venció antes del inicio de la crisis sanitaria.

La inmobiliaria fue considerada responsable por haber intervenido en la operación, recibido pagos y no demostrar su desvinculación legal, quedando enmarcada dentro de la Ley de Defensa del Consumidor.

Indemnización y sentencia final

La sentencia ordenó la entrega inmediata de la escritura y el pago de una indemnización económica que compensa los gastos de alquiler y la pérdida de oportunidad de acceder a créditos hipotecarios.

Con esta resolución, la Justicia reforzó la protección de los derechos de los consumidores frente a promesas de venta de inmuebles incumplidas, estableciendo un precedente sobre la responsabilidad de las inmobiliarias en proyectos de loteo.