lunes 27 de julio de 2026
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Fallo Judicial

Ordenan la externación de un joven con alta médica que permanecía internado desde hacía más de un año

La Cámara de Apelaciones dispuso que un joven de 25 años con parálisis cerebral y epilepsia sea trasladado a una institución adecuada en un plazo máximo de 20 días. También dio intervención al Ministerio Público Fiscal para investigar un posible abandono de persona.
lunes 27 de julio de 2026

La Cámara de Apelaciones de Neuquén ordenó la externación de un joven de 25 años con parálisis cerebral y epilepsia que permanecía internado en el Policlínico Neuquén desde diciembre de 2024, pese a haber recibido el alta médica en enero de 2025.

La resolución, dictada por los camaristas Patricia Clerici y Pablo Furlotti, establece que el traslado deberá concretarse en un plazo máximo de 20 días, bajo apercibimiento de desobediencia judicial para la persona designada como figura de apoyo.

El joven continuó internado durante más de un año debido a que su familia manifestó no estar en condiciones de recibirlo y no se había encontrado una alternativa adecuada para su cuidado. Según consta en el expediente, depende completamente de terceros para desarrollar las actividades de la vida cotidiana.

Al analizar el caso, los jueces advirtieron que el joven permanecía hospitalizado "por motivos puramente sociales" y señalaron que su permanencia en un establecimiento de salud, sin necesidad médica, representaba un riesgo para sus derechos. También destacaron que, pese a sus limitaciones para comunicarse, expresó mediante gestos su deseo de abandonar el hospital.

La Cámara concluyó que el regreso a la vivienda familiar no era viable, ya que el inmueble se encuentra ocupado por familiares y otras personas, además de no reunir condiciones de higiene adecuadas para garantizar su atención y bienestar.

Frente a esa situación, el tribunal resolvió que sea trasladado a una institución acorde a sus necesidades, con cobertura del Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISSN) y, de ser necesario, con recursos provenientes de la pensión que percibe el joven.

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En la resolución, los magistrados también cuestionaron la actuación de la figura de apoyo designada judicialmente, al señalar que no brindaba asistencia económica ni acompañamiento, e indicaron que incluso se había suspendido la administración de la pensión del joven.

Además, ordenaron remitir las actuaciones al Ministerio Público Fiscal para que evalúe la posible comisión del delito de abandono de persona por parte de quien tenía a su cargo esa función de apoyo.

La sentencia dispone iniciar los trámites para la externación en un plazo de cinco días y completar el traslado dentro de los 20 días establecidos por la Cámara.

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