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Bariloche: ordenan devolver un galpón de la estación ferroviaria al Tren Patagónico

La Cámara de Apelaciones confirmó el desalojo del predio donde funcionaba un taller de arte y se construyó una vivienda
lunes 14 de septiembre de 2026

La Justicia confirmó que un galpón ubicado dentro de la estación ferroviaria de Bariloche deberá ser restituido a Tren Patagónico S.A., luego de rechazar la apelación presentada por el artista que utilizaba el lugar desde hacía varios años.

El inmueble forma parte de un predio de aproximadamente 2.800 metros cuadrados, dentro del cual se encuentran un galpón de unos 450 metros cuadrados y una vivienda. El espacio había sido destinado originalmente al desarrollo de un proyecto artístico relacionado con trabajos en piedra.

La ocupación comenzó mediante comodatos y posteriormente quedó formalizada a través de un contrato de alquiler firmado en 2016 por tres años. Una vez vencido ese plazo, el artista continuó utilizando el inmueble.

Tren Patagónico realizó distintos reclamos por alquileres impagos y, en febrero de 2025, intimó al ocupante a cancelar la deuda y devolver el predio. Un mes después, el hombre se dirigió al gobernador y manifestó su intención de alcanzar un acuerdo para continuar utilizando las instalaciones. En esa presentación reconoció una deuda superior a $12 millones.

Ante la falta de restitución, la Fiscalía de Estado, en representación de Tren Patagónico, inició una demanda de desalojo.

Qué resolvió la Justicia

Durante el juicio, el artista se opuso al desalojo y sostuvo que había realizado tareas de mantenimiento y mejoras en el lugar. También planteó que había construido una vivienda y que, por las inversiones efectuadas, tenía derecho a reclamar su valor e incluso a ejercer un derecho de retención sobre el inmueble.

La sentencia de primera instancia reconoció las circunstancias vinculadas con su trayectoria artística y su situación familiar y económica, pero consideró que el punto central era determinar si existía una obligación de devolver el inmueble.

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El juez tuvo por acreditado el contrato de locación. Además, una pericia caligráfica confirmó que las firmas del documento pertenecían al demandado. También consideró probado que el contrato había vencido, que Tren Patagónico había comunicado su decisión de finalizar el vínculo y que existían alquileres que no habían sido abonados en su totalidad.

Por esos motivos, ordenó la restitución del predio.

El reclamo por las mejoras y la vivienda

El artista apeló la decisión y cuestionó la valoración de las pruebas. Entre otros argumentos, sostuvo que debía considerarse el origen de la ocupación, el carácter cultural de la actividad desarrollada y las mejoras realizadas durante los años en el lugar.

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La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativa de Bariloche confirmó la sentencia.

Los jueces señalaron que, para impedir un desalojo, debía demostrarse que no existía una obligación de devolver el inmueble. En este caso, entendieron que esa obligación estaba acreditada tanto por el vencimiento del contrato como por la decisión de Tren Patagónico de poner fin al vínculo.

Respecto de las mejoras, la Cámara explicó que un locatario puede reclamar determinadas inversiones y que, bajo determinadas condiciones legales, podría ejercer un derecho de retención. Sin embargo, concluyó que en este expediente no se acreditó la existencia de un crédito líquido y exigible que habilitara al artista a conservar el inmueble.

El tribunal aclaró que un eventual reclamo económico por las mejoras realizadas podrá ser planteado por la vía judicial correspondiente, pero que esa cuestión no impedía la restitución del predio.

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Qué dijo la Cámara sobre la vivienda

La defensa también había invocado el derecho constitucional a una vivienda digna. Sobre este punto, la Cámara sostuvo que ese derecho no fue desconocido, pero consideró que no podía ser utilizado en este caso para impedir la devolución de un inmueble cuya restitución había sido judicialmente ordenada.

De todos modos, el tribunal recordó que la ejecución de desalojos de viviendas debe realizarse respetando la normativa vigente en materia de Derechos Humanos.

Con el fallo de la Cámara, quedó confirmada la orden para que el predio ubicado dentro de la estación ferroviaria de Bariloche sea restituido a Tren Patagónico S.A. El eventual reclamo del artista por las mejoras realizadas deberá resolverse, en caso de ser planteado, por una vía judicial diferente.