viernes 25 de septiembre de 2026
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Régimen Penal Juvenil: la Cámara revocó el fallo que había sobreseído a un menor de 14 años

La Cámara porteña revocó el fallo que había declarado inconstitucional la punibilidad desde los 14 años y sobreseído a un menor.
viernes 25 de septiembre de 2026

La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires revocó el fallo de una jueza porteña que había declarado inconstitucional la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil a un menor de 14 años y había dispuesto su sobreseimiento.

La decisión dejó sin efecto la resolución de la jueza Laura De Marinis, quien había considerado que la reducción de la edad de punibilidad no podía aplicarse al adolescente involucrado en el expediente.

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El caso había llegado a la Cámara luego de que la fiscalía de primera instancia apelara la decisión y reclamara que se dejara sin efecto el sobreseimiento.

Qué resolvió la Cámara

El tribunal porteño consideró válida la aplicación del régimen que establece la punibilidad a partir de los 14 años y, a partir de ese criterio, revocó el fallo dictado por De Marinis.

La intervención de la Cámara se produjo después del dictamen de la fiscal de Cámara Sandra Verónica Guagnino, quien se había pronunciado a favor de hacer lugar al planteo de la fiscalía de primera instancia.

De acuerdo con la información judicial difundida sobre el expediente, la fiscalía había cuestionado la interpretación realizada por la jueza y sostenido la aplicación del nuevo régimen al adolescente.

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El pedido para apartar a la jueza

Además de solicitar la revisión del sobreseimiento, en la presentación vinculada al expediente se incluyó un pedido para apartar a la jueza Laura De Marinis de la causa.

La controversia comenzó cuando la magistrada declaró la inconstitucionalidad de la norma que establece la reducción de la edad de punibilidad y, con ese argumento, sobreseyó al menor de 14 años.

El fallo generó una disputa judicial sobre el alcance del nuevo Régimen Penal Juvenil y su aplicación concreta a adolescentes comprendidos por sus disposiciones.

La resolución de la Sala III cobra relevancia porque fija un criterio de la Justicia porteña frente a la aplicación del régimen en este tipo de casos, aunque el expediente continúa su recorrido judicial.