La atacaron dos perros mientras caminaba por Bariloche y necesitó cuatro cirugías
Una caminata por la avenida Tres Lagos, en Bariloche, terminó con una mujer gravemente herida tras ser atacada por dos perros. El episodio ocurrió cuando los animales salieron de una propiedad y uno de ellos la derribó y le mordió la pierna izquierda. La lesión fue tan profunda que debió atravesar cuatro cirugías, incluido un autoinjerto de piel.
El hecho ocurrió a la altura del kilómetro 15.355 de la avenida Tres Lagos. Según relató la víctima durante el proceso judicial, caminaba por el lugar cuando dos perros salieron de una propiedad y se abalanzaron sobre ella.
Uno de los animales era más grande y llevaba un collar verde gastado. El otro era más bajo y robusto. Este último fue el que finalmente la atacó: primero tiró de su pantalón y le trabó el paso hasta hacerla caer. Luego le mordió la parte posterior de la pierna izquierda y no la soltó.
La mordedura provocó lesiones en la piel, los tejidos y los ligamentos. Una persona que pasaba por el lugar la asistió y, poco después, uno de sus hijos la trasladó a la guardia del Sanatorio San Carlos.
La gravedad de la herida obligó a realizar una primera intervención quirúrgica pocas horas después del ataque. A esa operación le siguieron otras y, aproximadamente dos meses más tarde, la mujer debió someterse a un autoinjerto de piel. Durante varias semanas continuó con curaciones y distintos tratamientos para recuperarse.
Una recuperación que también tuvo consecuencias psicológicas
Las secuelas del ataque no fueron solamente físicas. La mujer recibió asistencia psicológica por estrés postraumático y durante alrededor de dos meses y medio no pudo desarrollar con normalidad su actividad profesional.
El caso también llegó a la Fiscalía y al área de Zoonosis de la Municipalidad de Bariloche. Tiempo después, la víctima inició una demanda por daños y perjuicios contra la mujer a quien señalaba como propietaria o responsable del cuidado de los perros.
La demandada rechazó esa acusación. Aseguró que los animales no eran suyos y sostuvo que no tenía perros en su domicilio. También planteó que en la zona había otros animales negros que podían coincidir con la descripción realizada por la víctima.
Además, señaló que había sido sobreseída en el Tribunal de Faltas municipal, debido a que en esa instancia no se había podido determinar con certeza quién era el propietario de los perros.
Ese antecedente fue uno de los elementos discutidos durante el juicio civil. No había una persona que hubiera visto exactamente qué animal produjo la mordedura ni una prueba directa que permitiera identificarlo.
Sin embargo, los testimonios de vecinos permitieron al juez reconstruir la situación que se repetía en ese sector de la ciudad.
Una de las testigos contó que desde hacía unos cinco años conocía a dos perros negros que permanecían en el lugar y que habitualmente salían a la calle desde esa propiedad. También afirmó que uno de ellos tenía un comportamiento más agresivo y que no había otros perros negros sueltos en la misma cuadra que pudieran generar una confusión.
Otro vecino relató que había tenido distintos episodios con dos perros negros que salían de esa vivienda y que, según su experiencia, lo hacían con una actitud de ataque. Un tercer testimonio aportó otro dato relevante: los animales podían salir de la propiedad incluso cuando el portón permanecía cerrado, debido a los espacios existentes a los costados.
El juez Civil que intervino en la causa consideró que los testimonios eran coincidentes entre sí y que, además, encontraban respaldo en otras pruebas incorporadas al expediente.
También tuvo en cuenta que la demandada había afirmado que no tenía perros al momento del ataque, mientras que otros elementos del expediente indicaban que había animales en el domicilio.
Los indicios que llevaron al fallo
La sentencia analizó además un dato ocurrido pocos días después del ataque: dos perros fueron registrados. Si bien no pudo comprobarse que fueran exactamente los mismos animales que habían atacado a la mujer, el juez consideró que ese elemento debía ser valorado junto con el resto de las pruebas.
El magistrado reconoció que no existía una prueba directa que demostrara que uno de los perros de la demandada había sido el responsable de las lesiones. Sin embargo, entendió que los testimonios y demás elementos reunidos conformaban una serie de indicios “precisos y concordantes” que permitían considerar acreditado que los animales que atacaron a la víctima pertenecían a la demandada.
A partir de esa conclusión, el tribunal aplicó el régimen de responsabilidad objetiva previsto por el Código Civil y Comercial para los daños provocados por animales. En este tipo de casos, la responsabilidad no depende de demostrar que el propietario actuó con culpa, sino de acreditar el daño y su vinculación con el animal bajo su propiedad o guarda.
Con esos argumentos, la Justicia fijó una reparación de $20.818.991 para la mujer atacada.
Dentro de esa suma, $10 millones corresponden al daño moral, en función del impacto que el ataque, las intervenciones quirúrgicas y el proceso de recuperación tuvieron sobre su vida cotidiana, familiar, social y laboral.
La sentencia corresponde a primera instancia y todavía no está firme, ya que puede ser apelada.