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La Justicia ordenó a Bariloche reincorporar a una empleada sobreseída en un sumario

Fue sobreseída, el municipio ordenó su regreso, pero nunca la reincorporó: ahora deberá hacerlo por orden judicial
lunes 22 de junio de 2026

Una trabajadora municipal de Bariloche logró que la Justicia ordenara su reincorporación al puesto que ocupaba antes de ser trasladada preventivamente durante un sumario disciplinario. La medida fue dispuesta por la Cámara Segunda del Trabajo, que consideró que el municipio incumplió una resolución administrativa propia que había dispuesto su regreso luego de quedar sobreseída de todas las acusaciones.

El conflicto se originó cuando la empleada fue apartada temporalmente de sus funciones en el sector de Control de Balanza del Vertedero Municipal y trasladada al Departamento de Mayordomía mientras avanzaba una investigación interna por presuntas irregularidades.

La medida tenía carácter preventivo y transitorio, ya que estaba vinculada exclusivamente al desarrollo del sumario administrativo.

Una resolución que nunca se cumplió

Con el avance del expediente disciplinario, el Tribunal de Calificación y Disciplina resolvió sobreseer a la trabajadora de todos los cargos que se le imputaban.

Tras esa decisión, la administración municipal dejó sin efecto el traslado preventivo y emitió una resolución que ordenaba formalmente su reincorporación al puesto que desempeñaba antes de la investigación.

Sin embargo, según quedó acreditado en la causa, la medida nunca fue ejecutada.

Pese a la existencia de una orden administrativa vigente, la agente continuó desempeñándose en el área de Mayordomía y sus reclamos para que se cumpliera la resolución no obtuvieron respuesta favorable.

Ante esa situación, decidió acudir a la Justicia mediante una medida cautelar para exigir la ejecución efectiva de la decisión adoptada por la propia administración.

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El argumento del municipio

Durante el proceso, la Municipalidad de Bariloche sostuvo que la asignación de funciones forma parte de sus facultades de organización interna y que el sobreseimiento en un sumario no genera automáticamente un derecho adquirido a desempeñarse en un sector específico.

También remarcó que la trabajadora no había sufrido una reducción salarial ni una modificación de su situación económica.

No obstante, el tribunal consideró que esos argumentos no resolvían la cuestión principal planteada en el expediente.

El eje del fallo judicial

La Cámara Segunda del Trabajo entendió que el punto central del conflicto era determinar si existía una resolución administrativa vigente que ordenaba la reincorporación de la empleada a su puesto original.

Los magistrados concluyeron que esa resolución efectivamente existía y que el municipio no presentó ningún acto administrativo posterior que la modificara, suspendiera o dejara sin efecto.

En consecuencia, sostuvieron que la administración no puede ignorar una decisión firme emanada de sus propios órganos sin dictar previamente otro acto que la sustituya y fundamente las razones del cambio.

El fallo también descartó que la inexistencia de un perjuicio salarial eliminara la urgencia del planteo.

Según señalaron los jueces, el conflicto excedía la cuestión económica y estaba vinculado al derecho de la trabajadora a que la administración pública actúe de manera coherente con sus propias decisiones mientras estas mantengan plena vigencia jurídica.

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Plazo de cinco días para cumplir la medida

Con esos fundamentos, la Cámara hizo lugar a la medida cautelar presentada por la agente municipal y ordenó a la Municipalidad de Bariloche reincorporarla a su anterior puesto de trabajo.

La resolución establece que el cumplimiento deberá concretarse dentro de los cinco días posteriores a la notificación judicial.

El fallo refuerza el principio de legalidad en la administración pública y recuerda que los organismos estatales deben respetar y ejecutar las decisiones que ellos mismos dictan, salvo que existan actos posteriores que las modifiquen conforme a los procedimientos establecidos.

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