Asistencia social
ANSES detalló quiénes pueden acceder a la Asignación por Embarazo y cómo se cobra
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informó los requisitos y las condiciones para acceder a la Asignación por Embarazo para Protección Social, una prestación económica destinada a acompañar a personas embarazadas que se encuentran en situación de vulnerabilidad social.
El beneficio está dirigido a personas desocupadas, trabajadoras informales cuyos ingresos sean inferiores al salario mínimo, monotributistas sociales, trabajadoras de casas particulares registradas y personas inscriptas en programas sociales.
Para acceder es necesario tener un embarazo de al menos 12 semanas, contar con DNI y ser argentina o naturalizada. En el caso de personas extranjeras, se exige una residencia mínima de tres años en el país.
También se requiere estar inscripta en el Programa Sumar+ y cumplir con los controles médicos establecidos, además de no contar con obra social. Estas dos últimas condiciones tienen excepciones para monotributistas sociales, personal de casas particulares y personas desempleadas que mantienen cobertura de salud.
Cómo se realiza el pago
El trámite puede concretarse de manera automática cuando la persona está inscripta en el Programa Sumar+, reúne las condiciones exigidas y el Ministerio de Salud envió la información correspondiente a ANSES.
Durante el embarazo se percibe mensualmente el 80% del monto de la asignación. El 20% restante se acumula y se paga una vez registrado el nacimiento, siempre que se hayan cumplido los controles médicos requeridos. En los casos contemplados, este pago también se realiza automáticamente.
Qué hacer si no se acredita automáticamente
Si el beneficio no se asigna de manera automática, se puede solicitar en una oficina de ANSES con turno previo. Para ello se debe presentar el formulario PS 2.67, con los datos médicos y personales correspondientes, y contar con un medio de cobro registrado.
Los monotributistas sociales, las trabajadoras de casas particulares y las personas desempleadas que conservan la cobertura de obra social durante los tres meses posteriores al cese laboral deben realizar el trámite presencial.
En caso de que el 20% acumulado no se pague automáticamente, se debe presentar el formulario PS 2.10 de acreditación de la Asignación por Embarazo. El plazo para solicitar ese pago es de hasta 12 meses desde la finalización del embarazo, ya sea por nacimiento, nacimiento sin vida o interrupción.
Los montos de la prestación se actualizan mediante la movilidad previsional y pueden consultarse en el sitio oficial de ANSES.