Consultorio Jurídico
Cuando un niño, niña o adolescente necesita protección: qué dice la Ley 2302 y cómo actuar
Una tarde cualquiera, en una escuela de Neuquén, una docente nota que un niño llega cada lunes con la mirada perdida y sin haber desayunado. Nadie tiene todavía la respuesta, pero sí la obligación de preguntarse qué está pasando.
Ese momento, el de mirar con atención y decidir qué hacer, es el punto de partida de una de las herramientas más importantes que tenemos para proteger a la infancia y la adolescencia, un marco que pone al niño, niña o adolescente en el centro.
La Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes dejó atrás la mirada que los trataba como objetos de decisión de los adultos y los reconoce como sujetos de derechos que deben ser oídos y acompañados.
En Neuquén, la Ley 2302 adhiere a ese marco y lo traduce al territorio provincial, y su eje es siempre el interés superior del niño, niña o adolescente, principio que también recoge la Convención sobre los Derechos del Niño y que el Código Civil y Comercial retoma al regular la responsabilidad parental.
Por eso, cuando esa docente se pregunta qué pasa con ese chico, ya sabe que la respuesta no puede ser ignorarlo ni resolverlo sola, sino activar los mecanismos previstos para protegerlo.
Cuándo aparece la guarda
Esos mecanismos empiezan con una pregunta sobre si el niño, niña o adolescente puede seguir viviendo con su familia de origen.
Cuando no puede, al menos por un tiempo, porque sus derechos están siendo vulnerados, aparece la guarda, una medida transitoria que no significa quitarle a una familia sus lazos sino asegurar, mientras tanto, un lugar seguro donde crecer.
Puede darse con un familiar, con otra persona significativa para el niño o, en última instancia, en un programa de acogimiento, y su objetivo es revisar la situación para que vuelva a su familia cuando sea posible o para definir una alternativa estable si no lo es.
Cómo pensar la denuncia
Denunciar es parte de ese camino, y no es acusar ni destruir una familia: es pedir que alguien con las herramientas necesarias mire la situación.
Cualquier persona puede hacerlo, y en algunos casos la ley obliga a docentes, médicos y profesionales que toman conocimiento de una situación de riesgo.
Si la urgencia es grave, corresponde acudir a la comisaría; para situaciones que no son inmediatas, los caminos son el Servicio Local de Promoción y Protección de Derechos, la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes o la Línea 102.
Quien denuncia no necesita probar todo, solo describir lo que observa, y no tiene que esperar a tener certeza absoluta.
Qué pasa después de denunciar
Recibida la denuncia, el organismo de protección evalúa la situación y puede disponer medidas que no requieren intervención judicial, como orientación a la familia, apoyo escolar o atención en salud.
Si eso no alcanza, o si es necesario separar temporalmente al niño de su entorno, se da intervención al juzgado de familia, donde se escucha al niño, niña o adolescente según su edad y grado de madurez, se garantiza el derecho de defensa de los progenitores y se busca la solución que mejor proteja sus vínculos.
Porque incluso en los casos más difíciles, detrás de cada expediente hay una familia, y el objetivo siempre debería ser que el niño, niña o adolescente pueda volver a sentirse protegido dentro de ella.
Dra. Luz Blanco
Abogada, especialista en derecho de familia y sucesiones